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miércoles, 12 de abril de 2023

Fedomu organiza foro para socializar Ley de Ordenamiento Territorial

Alcalde Kelvin Cruz resalta encuentro servirá para mejor comprensión de ese marco legal

 

SANTO DOMINGO, R. D.- Con el objetivo de continuar aportando para que todos los sectores de la sociedad tengan un mejor manejo para la aplicación de la Ley 368-22, la Federación Dominicana de Municipios (Fedomu) organizó el foro “Desafíos de los municipios para la implementación de la Ley de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos”.

 

El encuentro fue encabezado por el presidente de Fedomu y alcalde de La Vega, Kelvin Cruz, quien estuvo acompañado de la directora ejecutiva de la Federación, Laura Reyes; el ministro de la Presidencia; Joel Santos; el ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, Pavel Isa; la alcaldesa del Distrito Nacional, Carolina Mejía.

 

En sus palabras, Kelvin Cruz dijo que este foro fue pensado y organizado por Fedomu, con el objetivo de generar un espacio de conocimiento en el que los alcaldes y alcaldesas, en su calidad de líderes de los territorios que les compete administrar, puedan comprender el contenido de esta ley.

 

“Aún hoy, promulgada la ley, quedan muchas inquietudes y desafíos que deberán ser aclarados en su reglamento de aplicación, por lo que este evento será el primero de una serie de encuentros que Fedomu tiene planificados para garantizar el aprovechamiento de esta ley en beneficio de todos los dominicanos”, señaló el funcionario municipal.

 

Para el desarrollo del encuentro se realizó un panel compuesto por expertos municipalistas y urbanistas donde estos expusieron una postura técnica relacionada a diversos temas.

 


El urbanista Marcos Barinas trató sobre cohesión territorial; Domingo Matías, viceministro de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Regional del MEPYD, expuso sobre instrumentos y articulación, mientras que Julián Roa, consultor internacional, y Richard Gómez, director ejecutivo de la Asociación Dominicana de Regidores (Asodore), se refirieron al tema de gobernabilidad.

 

También estuvieron presentes la presidenta de la Unión Dominicana de Mujeres Municipalistas (Unmundo) y alcaldesa de Salcedo, Mercedes Ortiz; el viceministro Suelos y Agua del Ministerio de Medio Ambiente, René Mateo; el viceministro del Ministerio de Vivienda, Ney García, y el enlace del Poder Ejecutivo con los gobiernos locales, Fausto Ruiz, entre otros.

 

Motivación del foro

 

El crecimiento de la mancha urbana de las ciudades cabeceras de provincias, el incremento de los conflictos de uso de suelo urbano, el incremento de la vulnerabilidad ante riesgos de eventos naturales, la ocupación de suelos de vocación agrícola, las dificultades para garantizar la cobertura de servicios públicos de calidad, son el resultado de los vacíos de políticas públicas orientadoras en materia del ordenamiento territorial.

 

Esos son los escollos que se pretenden superar con la promulgación, luego de años de discusión y análisis, de la Ley 368-22 de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos.

 

En tal sentido, Fedomu, más que aplaudir la promulgación de esa Ley, como en efecto lo ha hecho, está comprometida con la difusión y comprensión de la misma en todos los espacios de la municipalidad dominicana, representada por los ayuntamientos como gobiernos de los municipios, así como con la participación propositiva en los procesos sucesivos para la redacción y aprobación del reglamento de aplicación de esta normativa, de cara a facilitar la claridad del mismo y la correcta interpretación del espíritu de la Ley, lo cual garantizará su correcta implementación.

 

Este foro marca el inicio de la estrategia de Fedomu de cara a la difusión, sensibilización, análisis y discusión de los temas centrales que esta Ley aborda, para el correcto esclarecimiento de las competencias, prerrogativas, funciones y roles de las autoridades ejecutivas, normativas y técnicas de los ayuntamientos en el marco de su implementación en los territorios.

 

jueves, 2 de marzo de 2023

Liga Municipal socializa novedades Ley de Ordenamiento Territorial y Uso de Suelo

SANTO DOMINGO, R. D.- La Liga Municipal Dominicana (LMD) organizó el conversatorio “Importancia y Aplicación de la Ley núm. 368-22, de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos”, dirigido a alcaldes y directores de juntas de distritos municipales, así como directores de Planeamiento Urbano.

 

Esta ley busca que los gobiernos locales fortalezcan la planificación de políticas públicas en sus territorios, y de esta manera contribuir a un crecimiento económico armónico con el medio ambiente y los recursos naturales.

 

La actividad, celebrada en el salón de la Mancomunidad del Gran Santo Domingo (MGSD), fue organizada por el Instituto de Capacitación Municipal (ICAM), de la Liga Municipal y tuvo como panelistas a Domingo Matías, viceministro de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Regional del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD); Julián Roa, enlace entre el INFOTEP y la municipalidad, junto al experto en temas de planificación urbana, Marcos Barinas.

 

El presidente de la República, Luis Abinader, promulgó el pasado 22 diciembre la Ley núm. 368-22, de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos. Esta ley es un mandato del artículo 194 de la Constitución de la República, pendiente de cumplimiento desde 2010.

 

La disposición normativa regula el uso de suelo y crea las herramientas jurídico-administrativas para la formulación de planes de ordenamiento territorial a nivel nacional, regional y municipal.

 


El experto Marcos Barinas compartió sobre cuál fue el proceso de elaboración técnica de la propuesta de Ley de Ordenamiento Territorial, que sirvió de base para su aprobación por el Congreso de la República.

 

Explicó que se buscó incluir una clasificación de uso de suelo fácilmente aplicable que diferencia entre uso de suelo urbano, urbanizable y no urbanizable; y se reconoció el rol fundamental de los gobiernos locales en la gestión territorial. Como novedad destacó la inclusión de los planes especiales supramunicipales como instrumento de planificación territorial así como el régimen sancionador.

 

Por su parte el experto Julián Roa, quien fue regidor del Ayuntamiento del Distrito Nacional, inició su presentación haciendo hincapié en la configuración unitaria del Estado dominicano en el que constitucionalmente se incluye el principio de descentralización que implica promover una cohesión territorial.

 

Bajo este contexto, esta legislación promueve que el distrito municipal y el municipio trabajen en conjunto en el ordenamiento territorial, bajo el asesoramiento de los técnicos del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD). Consideró fundamental la reglamentación de la ley.

 

Por último, Domingo Matías enfatizó que el presidente de la República, Luis Abinader, dio seguimiento a la aprobación de la ley y que ahora que se promulgó gracias a esta voluntad política, lo importante es impulsar su aplicación.

 

Desde su perspectiva, la ley fortalece la autonomía municipal: da la potestad a los gobiernos locales para clasificar el uso del suelo, mejora el régimen de consecuencias, abre la oportunidad de mejorar los ingresos municipales y la gobernabilidad se fortalece en cuanto a la relación del gobierno central y el gobierno local.

 

jueves, 22 de diciembre de 2022

Presidente Abinader promulga ley de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos

SANTO DOMINGO, R. D.- El presidente de la República, Luis Abinader, promulgó este 22 de diciembre la Ley núm. 368-22, de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos.

 

Esta ley es un mandato del artículo 194 de la Constitución de la República, estando pendiente de cumplimiento desde 2010.

 

Esta disposición normativa regula el uso de suelo y crea las herramientas jurídico-administrativas para la formulación de planes de ordenamiento territorial a nivel nacional, regional y municipal, los cuales deberán ir cónsonos con intereses medioambientales, culturales y de desarrollo sostenible.

 

Dentro de las novedades de la ley se destaca la clasificación del suelo en urbano, urbanizable y no urbanizable, ubicando dentro de este último los vinculados a actividades agropecuarias o forestales, protegidos medioambientales o culturalmente, o cuando haya sido objeto de una concesión minera.

 

A fines de armonizar los distintos planes de ordenamiento territorial, la ley crea un Sistema Nacional de Ordenamiento Territorial integrado por órganos, bajo la coordinación del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD), en su calidad de órgano rector del ordenamiento del territorio que le confiere la recién promulgada ley.

 

En lo que respecta a los asentamientos humanos, la norma dispone que, en lo adelante, estos solo se podrán realizar en terrenos titulados, donde las normas municipales del uso del suelo lo permitan.

 

La ley también prevé un régimen sancionador a cargo de los gobiernos municipales, que, entre otros aspectos, castiga administrativamente el incumplimiento del deber de conservación de terrenos clasificados como no urbanizables.

 

Esta ley, que entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial, viene a robustecer las herramientas de planificación de políticas públicas, así como contribuirá al sostenimiento de un crecimiento económico armónico con el medio ambiente y los recursos naturales.

 

martes, 18 de octubre de 2022

Presidente de Fedomu advierte sobre inconstitucionalidad proyecto Ley Ordenamiento Territorial

SANTO DOMINGO, R. D.- El presidente de la Federación Dominicana de Municipios (Fedomu), Kelvin Cruz, afirmó que debe quedar claramente definido y establecido en el proyecto de Ley de Ordenamiento Territorial, aprobado en primera lectura por el Senado, que la potestad de regular y gestionar el uso de suelo y ordenamiento territorial municipal corresponde a los ayuntamientos.

 

En una carta dirigida a los presidentes del Senado y la Cámara de Diputados, Eduardo Estrella y Alfredo Pacheco, sostuvo que ese proyecto de ley “debe incluir las disposiciones pertinentes a las tres escalas de la planificación como la nacional, regional y municipal, así como la interrelación entre los diferentes entes de la administración central y municipal.”

 

Agregó que el artículo 24 y sus párrafos, así como en el párrafo II del artículo 28 del referido proyecto de ley, se consigna la facultad de regulación del uso de suelo a los gobiernos locales de forma general, lo cual se interpreta de forma extensiva a todas las administraciones locales, tanto ayuntamientos como juntas de distritos municipales.

 

Explicó que, en el interés de prevenir conflictos de competencias, interpretaciones confusas y eventuales reclamos que, por la vía del Tribunal Constitucional, invaliden la legislación que emane del Congreso Nacional, Fedomu sugiere a la consideración de los respectivos plenos de las cámaras, que se incluyan en los citados artículos, párrafos orientados al esclarecimiento de esta cuestión.

 

“Eso está amparado en el punto de vista del Tribunal Constitucional en materia de autonomía, ordenamiento y uso de suelo municipal, conforme reza en las sentencias TC/067/13, TC/0152/13 y TC/085/22”, interpretando en la Constitución a la luz de la legislación municipal.

 

Cruz indicó que el Tribunal Constitucional, en la Sentencia TC/067/13, consideró que “para hacer más efectivo el ejercicio del gobierno de los ayuntamientos dentro de sus municipios, en el literal c), del artículo 7, de la referida Ley, han sido establecidas las juntas de distritos municipales como órgano desconcentrado del ayuntamiento, las cuales ejercen el gobierno sobre los distritos municipales, por lo que devienen en un instrumento de subdivisión administrativa que permite a las alcaldías el manejo pleno de los municipios”.

 

A juicio del presidente de Fedomu, esta interpretación del Tribunal Constitucional es cónsona con el artículo 12 de la Constitución, que al desarrollar la división político administrativa del territorio dominicano consigna que este “se divide políticamente en un Distrito Nacional y en las regiones, provincias y municipios que las leyes determinen”, indicando que “las regiones estarán conformadas por las provincias y municipios que establezca la ley”, sin considerar a los distritos municipales como parte de la división política en razón de su condición de ente desconcentrado de los ayuntamientos.

 

Cruz señaló el apoyo de Fedomu para que el proceso correspondiente a la aprobación de la legislación concerniente a la materia “culmine a la mayor brevedad y podamos fortalecer la gestión del Estado dominicano sobre el territorio y el bienestar de nuestros conciudadanos, como lo ha planteado el presidente Luis Abinader”

 

El presidente de Fedomu dijo estar confiado en que estos detalles serán corregidos en lo adelante, para que la “legislación finalmente aprobada sea robusta, legalmente racional, legítima y se eviten iniciativas de inconstitucionalidad en el marco de lo dispuesto por el Tribunal Constitucional en varias sentencias”.

 

Afirmó que Fedomu estará vigilante y en pie de lucha para defender los municipios en los temas que vulneren sus competencias y limiten su autonomía.

 

 

viernes, 14 de octubre de 2022

FEDODIM saluda proyecto ley de ordenamiento territorial

La considera fundamental para el desarrollo local.

SANTO DOMINGO, R. D.- La Federación Dominicana de Distritos Municipales (FEDODIM), expresó hoy su gran satisfacción por la aprobación el pasado miércoles por el Senado de la República, en primera lectura, del proyecto de Ley de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos.

 

El presidente de Fedodim y director del Distrito de Los Botados, Lic. Ramon Santos y el director ejecutivo de la misma, Dr. Pedro Richardson, expresaron que el mismo dará un fuerte impulso al desarrollo local y permitirá lograr un ordenado crecimiento de las ciudades y pueblos del país, valorándolo muy positivamente para los intereses de la municipalidad dominicana.

 

Manifestaron además, que el mismo ha sabido interpretar perfectamente el espíritu municipalista de la reforma constitucional del año 2010, reconociendo a los gobiernos locales como actores fundamentales, junto al gobierno nacional, para avanzar en el desarrollo y el bienestar de los dominicanos y dominicanas, estableciendo de manera clara y al margen de toda duda, las competencias de los distritos municipales en materia de ordenamiento territorial y uso de suelo, claramente reconocidos en el artículo 199 de la Constitución de la República.

 

Por todo ello, Ramón Santos expresó sus felicitaciones y más sentido agradecimiento a los miembros de la comisión bicameral, encabezada por la senadora Faride Raful, por el buen trabajo realizado en los casi dos años que han necesitado para rendir su informe, el cual no sólo califica de brillante sino también como un gran aporte a la institucionalidad del país y el fortalecimiento y modernización de los gobiernos locales. Queremos que todos ellos sepan, manifiesto el señor Santos, que somos plenamente conscientes del esfuerzo que han hecho y el gran trabajo realizado por lo que los distritos municipales les estarán eternamente agradecidos.

 

Pedro Richardson por su parte, opinó que esta ley supone un hito histórico en el proceso de reforma del Estado dominicano, generando el escenario ideal para que los gobiernos locales por fin comiencen a ocupar el lugar que les corresponde en el ordenamiento del territorio como administración más cercana a la ciudadanía y por tanto la más adecuada para atender sus necesidades y prestarle los servicios que garantizan su existencia. Finalizó manifestando, que FEDODIM asume desde ya, el compromiso de apoyar la implementación de la ley una vez sea aprobada por el Congreso Nacional y brindar todo el acompañamiento y asistencia técnica a los funcionarios de los distritos municipales para que cumplan con sus mandatos, objetivos y propósitos desde el primer día que entre en vigor.

 

miércoles, 23 de junio de 2021

Abinader asegura Plan Municipal y Turístico de Ordenamiento Territorial para Pedernales impactará positivamente la región sur


 

Presidente dice, Pedernales tendrá su malecón y los pescadores su muelle

 

PEDERNALES, R. D.- El Plan Municipal y Turístico de Ordenamiento Territorial de Pedernales es una iniciativa más de este gobierno para que el desarrollo de esta provincia sea integral, permitiendo el impulso simultáneo del turismo y la mejoría en la calidad de vida de los pedernalenses.

 

Así lo dejó establecido el primer mandatario presidente quien afirma, además que este plan de desarrollo no es el proyecto de un gobierno, sino de toda la sociedad.

 

"Va a cambiar Pedernales y va a cambiar la región para bien y para siempre", aseguró Abinader durante la presentación del plan.

 

El mandatario informó que el gobierno tiene asignados 350 millones de pesos para el malecón y un pequeño muelle para los pescadores.

 

Manifestó que esta iniciativa, tiene un gran impacto para toda la región, ha unido a los diversos sectores y partidos políticos en un mismo objetivo, que es el desarrollo de Pedernales, iniciando por la transformación de Cabo Rojo.

 

*Se conectarán Independencia y Bahoruco*

 

Además "vamos a conectar las provincias de Independencia y Bahoruco con algunos caminos que ya estén trazados para integrar a toda la región Enriquillo", aseguró.

 

El jefe de Estado resaltó que este es un lugar muy especial, con mucha diversidad.

 

"Estamos planificando la zona de Oviedo para que los agricultores se especialicen en agricultura orgánica para que puedan suplir a los hoteles y al desarrollo de esta zona", señaló.

 

El jefe de Gobierno dijo esperar que el diseño del plan de desarrollo municipal y turístico pueda ser aprobado por la Sala Capitular de Pedernales de manera que “nos permita desarrollar también el turismo de forma organizada y evitar la arrabalización que se daba en el pasado con las áreas urbanas cercanas a las zonas turísticas".

 

Insistió en la importancia de ver este proyecto como un plan de desarrollo de la región que contribuirá a disminuir e ir cambiando los niveles de pobreza de la zona.

 

Abinader felicitó al Ministerio de Turismo, Ayuntamiento local y a todos los sectores que trabajan con unidad de criterio y acción para lograr la calidad de vida que necesita la región y todo el pueblo dominicano.

 

Por su parte, el ministro de Turismo David Collado, indicó que esta planificación es una muestra clara de hacia dónde vamos y que, con los debidos procesos transparentes, estamos dando un paso de avance en toda la región sur.

 

En tanto, Chaney Peña, directora de Planificación del ministerio de Turismo, detalló el master plan para la renovación de esta provincia costera de numerosos atractivos naturales, que se desarrollará junto a la Alcaldía municipal en una unión interinstitucional.

 

El mismo incluye 14 puntos, estos son: un hito nacional, helipuerto, nuevo mercado binacional y mercado municipal, parque lineal, área verde y un muelle.

 

Completan la lista, la adecuación de una playa pública, desarrollo de viviendas sociales, equipamientos, intervenciones prioritarias, canal de riego, Río Pedernales y terminal de autobuses.

 

En cuanto a este desarrollo turístico, Carlos Peguero, viceministro de Cooperación Internacional del ministerio de Turismo, dijo que el objetivo es que los visitantes consuman no solo en los establecimientos o negocios propiamente turísticos, sino que sean parte de esta tan esperada transformación económica y social de la región suroeste.

 

Y agregó que estos planes deben preservar un entorno natural de calidad, con recursos no explotados, cultura y patrimonio arquitectónico.

 

Conectividad provincial

 

El ministro de Obras Públicas, Deligne Ascención, ofreció una explicación sobre los proyectos de conectividad provincial de una las distintas localidades rurales y suburbanas.

 

Dijo que se han realizado trabajos de mejora de la conectividad de las vías hacia el Hoyo de Pelempito, uno de los puntos principales de esta zona.

 

"Estamos prestos con esta visión integral del Gobierno y que las distintas instancias participemos en la potenciación de este importante polo turístico", resaltó Ascención.

 

Junto al presidente se encontraban el presidente del Senado, Eduardo Estrella; el ministro de la Presidencia, Lisandro Macarrulla; el director de Alianzas Público-Privadas, Sigmund Freund; el alcalde del municipio de Pedernales, Andrés Jiménez y el Viceministro de Cooperación Internacional del ministerio de Turismo, Carlos Peguero.

 

Asimismo, el ministro de Trabajo, Luis Miguel De Camps; el director general de Aduanas, Eduardo Sanz Lovatón; el director Ejecutivo del Departamento Aeroportuario, Víctor Pichardo y Viviana Ribeiro, directora de ProDominicana.

 

Entre los empresarios que realizaron el recorrido con el mandatario estaban  Fernando Hazoury, Frank Rainieri, Frank Elías Rainieri, Manuel Corripio y Manuel Estrella.

 

lunes, 14 de enero de 2019

Planificación estratégica territorial y realismo mágico



Por Reynaldo Peguero

República Dominicana se bate en medio de una sarta de ficciones, razones apócrifas y medias verdades que evidencian un subjetivo saber. Fábulas que se filtran por los medios de comunicación, redes sociales y tertulias, donde el catastrofismo y el pesimismo campean a sus anchas. 

Manto de fantasías, cherchas y trivialidades que cubre la verdad objetiva de las cosas. Parodiando los premios Nobel, Miguel Ángel Asturias, Mario Vargas Llosa y Gabriel García Márquez, en esta isla de merengues, bachatas, azúcar y alcohol vivimos en un eterno “realismo mágico”.  

Moralistas y religiosos de la vida pública, que en su vida privada, reinventan los 7 pecados capitales o los crímenes más sonados de Jack “El Destripador”.. Policías que por arte de magia descubren puntos de drogas y caen como héroes batiéndose en justicia. Comerciantes críticos de los gobiernos pero que son beneficiarios de las históricas opalescencias de la gestión pública. Juristas que velan por la ley, pero que prosperan en las brechas oscuras del sistema de justicia. Médicos favorecidos que la gente se enferme para recomendar procedimientos muy rentables para sus cuentas bancarias. Hombres maltratadores de sus compañeras y familias que niegan el machismo y la violencia de género.

En nuestro caso, viven en realismo mágico dirigentes, empresarios y políticos que suponen que la planificación es una filosofía aérea y espuria reducida a vaticinar en bola de cristal lo que debe hacerse a futuro en un territorio. Entienden que lo verdaderamente real y conveniente es la acción de bomberos para apagar fuegos, resolver crisis y afrontar sin planificación los problemas del diario vivir. No es su ocupación la sostenibilidad y permanencia de las buenas acciones.

La relación entre planes estratégicos territoriales y planes operativos es un espacio conceptual donde muchos creen que saben, lo que en los hechos, no entienden. Hablamos de planificar estratégicamente el futuro de abajo hasta arriba, proyectando la ciudad deseada por todas y todos. Creando una reciprocidad inteligente entre la visión estratégica y las planificación operativa del presente.

En el contexto de formulación nuevo Plan Estratégico de Santiago al año 2030 debemos releer estos conceptos y herramientas para impulsar del desarrollo sostenible de Santiago. No tan sólo para apagar fuegos, si no para evitar que surjan nuevos incendios.

Sabemos que en la historia de la ciencia, la acción operativa del día a día, precede a la planificación. Por lo tanto si surge históricamente la planificación es porque el accionar bomberil se agota. Esto es todavía más valido en la creación y origen de las ciudades. Proceso que antecede a la ciencia para asegurar un mejor diseño de las ciudades, la planificación urbana. Sabemos que el “urbanismo” surge primero y luego brota la planificación urbana de largo alcance y en los años 80 del siglo XX, florece la planificación estratégica urbana.  

El caos que genera el constante accionar irreflexivo, la realización automática de tareas operativas y la reproducción masiva de productos, es lo que conduce al ingeniero norteamericano Frederick Winslow Taylor, a formular las bases de la administración científica. Una disciplina que incluye la planificación, y otras categorías como la dirección, la organización, el control y la gestión de los recursos humanos involucrados en el proceso.

Frederick Taylor (Filadelfia) junto Henry Fayol (Estambul) son los científicos que generan una auténtica reflexión sobre las formas y procedimientos en que debe organizarse la acción y en su caso, la producción, para asegurar el desarrollo organizado de las empresas. Ellos nos permiten entender la lógica de las tres E: Eficiencia, Eficacia y Efectividad. Eficiencia (cantidad de productos por unidad de tiempo); Eficacia (costo y recursos vinculados a la buena generación de esos productos) y Efectividad (impacto de los productos en el mercado).

En consecuencia, la planificación es un concepto que se muda de la administración de la producción industrial a la gestión estratégica de las ciudades. La planificación estratégica territorial debiera resumir las tres E. Generar Eficiencia pues debe lograr la mayor cantidad de victorias rápidas (acupunturas) y proyectos estructurantes, en el menor tiempo posible. Producir Eficacia, pues al menor costo y con recursos humanos críticos, se ejecutan acciones exitosas. Finalmente, incitar a la Efectividad, pues los proyectos deben generar impacto y buena percepción en la ciudadanía.

Se conoce que sintetizadas por estos científicos y otros precursores, las ciencias de la administración y en consecuencia una de sus principales categorías, la planificación, se convierte en una herramienta del trabajo exitoso. A finales del siglo XIX se comienzan a utilizar estas disciplinas en el urbanismo. Aunque muchos lo ignoran, el urbanismo y la planificación fueron procesos influidos significativamente por la revolución industrial que aconteció en el siglo XIX.

Cuando en 1867 el catalán Ildefonso Cerdá escribe su clásico “Teoría General de la Urbanización”, se concentra visionariamente en el desarrollo de las ciudades, pero no en las metodologías para la planificación del desarrollo de las ciudades.. Esa no era su visión en su libro de 831 páginas donde no aparece la palabra, ni el concepto de la planificación. Es la dinámica urbana de la ciudad industrial que estimula la aparición de la planificación urbana.   

En Santiago, las acciones operativas en este municipio y ciudad, se vinieron haciendo sin planificación hasta que en el año 2002 surgió el Plan Estratégico de Desarrollo de Santiago. En el Ayuntamiento existía un presupuesto pero este no se alineaba a la visión y las estrategias de ciudad. Tampoco habían planes operativos de acción. Hoy, la Alcaldía de Santiago, diversos órganos locales como CORAASAN y las sectoriales del gobierno, con el liderazgo moderno que encabeza su gestión, tiene a su favor, 20 años de historia de planificación estratégica. Es nuestro humilde entender que eso se va a expresar con contundencia en el próximo Plan Estratégico de Desarrollo 2030 que estamos formulando entre todas y todos. En la otra seguimos.   


Reynaldo Peguero es Director Ejecutivo del Consejo para el Desarrollo Estratégico de Santiago (CDES) - Plan Estratégico "Santiago 2020"


sábado, 12 de enero de 2019

Santiago Oeste: competencias y normas territoriales



Por Reynaldo Peguero

Si usted evalúa el mapa geográfico aprobado por el Congreso para delimitar el Distrito Municipal Santiago Oeste (DMSO), encontrará puntos delicados y gravísimos. Tal como registra el Informe de la Oficina Técnica de Revisión Legislativa (OFITREL), fechado el 10 de octubre del 2018, sabemos que no hay constancia documental que esa delimitación geográfica, identidad territorial y el conjunto de barrios incluidos en la ley 65-18, tuvieron aval oficial. Ni de la Oficina Nacional de Estadística (ONE), menos aun del Instituto Geográfico Nacional, tampoco de la Dirección General de Ordenamiento y Desarrollo Territorial (DGODT), del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD), y nunca del Ayuntamiento del Municipio Santiago.

Sin embargo, ya no es hora de mirar para atrás. Actuando sobre los hechos consumados, con muy buena voluntad y siendo respetuosos del orden legal, el Consejo para el Desarrollo Estratégico (CDES) y el Ayuntamiento de Santiago, fundamentados en las normas y la base cartográfica del Plan Municipal de Ordenamiento Territorial (PMOT) y las actualizadas imágenes satelitales del concluido programa de USAID en cambio climático, iniciamos las labores de tomar en nuestras manos la ley, dándole al Distrito Municipal Santiago Oeste (DMSO), una literal, concreta y exacta expresión geográfica apegada a la Ley 65-18 en una cartografía concreta que ya se tiene diseñada. Satelitalmente, el Distrito Municipal Santiago Oeste tiene una extensión territorial que ocupa un área de 16.4 kilómetros cuadrados.   

El primer punto geográfico clave es que el límite oeste del Distrito Municipal Santiago Oeste (DMSO), lo constituye el río Yaque del norte; igualmente casi todo su límite geográfico sur. Por igual, el canal de riego Ulises Francisco Espaillat (UFE), cursa al noroeste de su área. Lo que significa que tanto el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, como el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDHRI), deben realizar significativas gestiones con la dirección de este distrito municipal, y apoyarlo para que a tiempo, se tengan programas de protección y limpieza del río así como del estropeado canal de riego.

El segundo aspecto geográfico es la prolongación de la Avenida Circunvalación Norte hacia el sur (Avenida Circunvalación Sur), que divide en dos partes casi iguales este distrito municipal de 16.4 km2. Esta amplia vía primaria que es uno de los ejes de la trama viaria sostenible consensuada en el Plan Estratégico de Santiago 2020, está casi concluida por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC). Hacia el Este de esta vialidad, se encuentra el núcleo urbano consolidado del Distrito Municipal Santiago Oeste (DMSD) y hacia el Oeste, se observan importantes franjas de grandes territorios distritales de propiedad privada y pública sin ningún tipo de desarrollo urbano. Este hecho geográfico impone una exigente normativa, apegada al ordenamiento territorial municipal  que asegure el crecimiento vertical y la no ocupación de terrenos no urbanizables.             

El tercer aspecto geográfico crítico son los importantes servicios públicos municipales y provinciales  que han quedados incluidos en la nueva geografía o ámbito distrital de DMSO. Estos son: i) la planta de tratamiento de aguas residuales que trata el agua usada de todo el municipio y ii) el nuevo acueducto de la zona oeste de la ciudad en proceso de finalización, gestionados por CORAASAN, iii) la moderna planta de reciclado de residuos sólidos gestionada por CILPEN Global, iv) el relleno sanitario en proceso de reestructuración física, v) una Estación de Bomberos y vi) el Matadero Municipal gestionados por la Alcaldía de Santiago. 

Entonces, se requiere lograr una actuación territorial en correspondencia con los mandatos de la ley de municipios 176-07, y el alcance y ámbito de aplicación del Plan Municipal de Ordenamiento Territorial de Santiago (PMOT). Compete al Ayuntamiento del Municipio de Santiago la articulación de las actuaciones de las sectoriales de gobierno en materia de aprovisionamiento de infraestructuras y equipamientos que impactan de manera directa en la estructura del territorio municipal de Santiago que ahora incluye una gran ciudad y cinco distritos municipales: i) Santiago de los Caballeros; ii) Distrito Municipal de Pedro García (DMPG); iii) Distrito Municipal de San Francisco de Jacagua (DMSFJ); iv) Distrito Municipal de Hato del Yaque (DMHY); v) el Distrito Municipal de La Canela (DMLC) y el Distrito Municipal Santiago Oeste (DMSO).   

El artículo 77 de la ley 176-07 define que mediante ley, en este caso ya se aprobó la ley 65-18, podrán crearse distritos municipales en los municipios para la administración “desconcentrada” de áreas del territorio perfectamente diferenciadas y que comparten derechos o condiciones socioeconómicas similares, bajo la coordinación superior del municipio cabecera a que pertenece. En otras palabras los distritos municipales son organismos “desconcertados” pero no “descentralizados” y muchos menos “autónomos”, pues están bajo la rectoría del Ayuntamiento del Municipio cabecera y de sus planes de ordenamiento y de desarrollo estratégico.  

El Artículo 79 de la ley municipal 176-07 a la cual se somete la ley 65-18 que creó el Distrito Municipal Santiago Oeste, establece las atribuciones de los distritos municipales, de acuerdo al territorio que se le asigna, estas son: i) constitución, conservación y reparación de calles, aceras, contenes, caminos vecinales, puentes, fuentes y otras infraestructuras de interés comunitario existentes en su territorio; ii) cementerios y servicios funerarios; iii)conmemoración de las efemérides patrias y otras fechas importantes; iv) llevar registros de marcas, señales y estampas de animales; v) registro urbanos sobre solares y predios rústicos.

Asimismo vi) la conservación, mejora y ampliación del alumbrado público, vii) la recogida de desechos sólidos municipales y su disposición final; viii) la vigilancia y protección de caminos, campos, fuentes, ríos y demás recursos naturales; ix) la limpieza de calles y el ornato público; x) la administración y conservación de su patrimonio y los recursos naturales; xi) y la ejecución de obras y prestación de servicios comprendidos en la competencia municipal y de exclusivo interés del distrito municipal. ¿Qué competencias deben cumplir con efectividad los Distritos Municipales y en especial Santiago Oeste? Esas y otras valoraciones las haremos en la siguiente entrega. 

Reynaldo Peguero es Director Ejecutivo del Consejo para el Desarrollo Estratégico de Santiago (CDES) - Plan Estratégico "Santiago 2020"

martes, 1 de enero de 2019

Desafíos inmediatos de crear Santiago Oeste



Por Reynaldo  Peguero

El 28 de diciembre, Día de los Inocentes, la clase política habló con su ley y sentencia. Se creó “Santiago Oeste”, una nueva delimitación distrital, que asciende a 233 el total de Distritos Municipales existentes en la media isla que constituye geográficamente la República Dominicana. Reconocemos la persistencia, tenacidad y perseverancia del movimiento ciudadano “Santiago Oeste”, formado por líderes de todas las tendencias sociales y políticas de Cienfuegos; y como decía Ronald Reagan testificamos: “contra el éxito no se discute”.

Según investigaciones imparciales del Estado, a partir del año 2000 se han creado 133 (57%) nuevos Distritos Municipales. En los pasados 18 años hay una feria de divisiones territoriales en los 48 mil km2 de República Dominicana. Este macro-estado isleño se compone 4,765 unidades. Órganos y organismos que van desde ministerios, ayuntamientos, distritos municipales, direcciones generales, departamentos, institutos, teatros, museos, monumentos y centros nacionales, donde laboran alrededor de 650 mil empleados públicos.     

La ley 65-18 aprobada casi a unanimidad por el Congreso Nacional y promulgada por el Señor Presidente Danilo Medina, se conforma de 11 artículos. Como faltan 20 meses para que las nuevas autoridades de Santiago Oeste asuman, la República y las fuerzas vivas de Santiago tienen ante sí dos caminos. Primero, iniciar un proceso jurídico legal de oposición y amparo constitucional contra esa ley, o segundo, darlo por un hecho aprovechando la coyuntura para corregir el conjunto de reales insuficiencias del susodicho mandato.

Creó que nos corresponde contribuir a superar el conjunto de desafíos y fallas institucionales observados. Nos compete como Santiago asumir un enfoque estratégico de desarrollo metropolitano que integre secciones, distritos municipales, ciudad de Santiago de los Caballeros y algunos municipios colindantes que son vitales para el desarrollo sostenible de la Metrópolis Caribeña en que se ha convertido Santiago. Sin embargo, hay desafíos ineludibles.

PRIMER DESAFÍO: el cálculo exacto de la población de Santiago Oeste. Los proponentes se autoasignaron 233,175 mil habitantes que la Oficina Nacional de Estadística (ONES) no le asignó nunca de acuerdo a la ley 5096-59. La población residente en el nuevo distrito municipal es decisiva para la asignación de las transferencias presupuestarias derivadas de la ley 166-03.

SEGUNDO DESAFÍO: debemos comprobar y validar la geografía y el ámbito administrativo que corresponde a Santiago Oeste. Una delimitación que en términos de las coordenadas geográficas (latitudes y longitudes) realmente no se encuentra en el Oeste. En este orden, tanto el Ayuntamiento de Santiago como el Consejo para el Desarrollo Estratégico de Santiago, tienen la base cartográfica y las capas para en consulta con el Instituto Geográfico Nacional, establecer el mapa oficial de este distrito en coherencia con la ley 208-14.

TERCER DESAFÍO: el tiempo que resta para preparar y capacitar a los actores claves que técnicamente estarán al frente de “Santiago Oeste” para que pueda funcionar realmente como Distrito Municipal es de 20 meses. Corresponde a la Alcaldía de Santiago y al MEPyD crear las condiciones físicas, institucionales y organizativas necesarias de operación. En el caso del CDES, el conjunto de directores de Distritos Municipales de Santiago en una sesión de trabajo con la Gobernadora Provincial Licenciada Ana María Domínguez, nos había pedido apoyo para la planificación territorial en el contexto del nuevo Plan Estratégico 2030. 

CUARTO DESAFÍO: Como CDES tenemos también el desafío en correspondencia el acuerdo inter-institucional convenido con el MEPyD para que el nuevo Plan Estratégico al año 2030, sea coherente con la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, ley 1-12.  Siendo coherente además con los pactos internacionales firmados por esta Nación en el contexto de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), sus Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Nueva Agenda Urbana (NAU) aprobada en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano Sostenible conocida como “Hábitat III” y celebrada en la ciudad Quito, Ecuador, el 20 de octubre del 2016.

QUINTO DESAFÍO: Debemos lograr el Municipio de Santiago y sus cinco (5) Distritos municipales (La Canela, Hato del Yaque, San Francisco de Jacagua, Pedro García y Santiago Oeste) sean coherentes a los trabajos de la Comisión Presidencial para la Reforma Municipal (COPREM), creada por el Presidente Medina mediante Decreto del Poder Ejecutivo 85-15 del 22 de abril 2015. Entidad impulsa a nivel de la administración local, la implementación  de un nuevo ciclo de reforma de la administración local. La Constitución consagra el principio de autonomía municipal y manda la aprobación de una actualización del marco jurídico municipal valorado como Ley Orgánica de la Administración Local.

SEXTO DESAFÍO: Debemos asegurar que la aplicación de la ley 65-18 de Santiago Oeste tenga coherencia con las normativas territoriales oficiales del Ayuntamiento de Santiago, avaladas por la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios. Tanto las normativas y las cartografías oficiales contenidas en las ordenanzas 2920-10 que crea el Plan Municipal de Ordenamiento Territorial de Santiago (POTSA), como la 2945-10 que declara el Plan Estratégico de Santiago 2020 como Agenda Oficial de este municipio, son vitales.

Finalmente, el último desafío reside en la coherencia de la operación de Distrito Municipal “Santiago Oeste” con los servicios vitales de agua potable, residuos sólidos, alcantarillado sanitario y canales de riego para todo el municipio y la región que estarían bajo la égida política y normativa de las nuevas autoridades de Santiago Oeste. Son los desafíos inmediatos sobre los cuales estamos dispuestos a trabajar desde ya en coherencia con el nuevo PES 2030.

Reynaldo Peguero es Director Ejecutivo del Consejo para el Desarrollo Estratégico de Santiago (CDES)-Plan Estratégico "Santiago 2020"