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jueves, 27 de junio de 2024

Luis Abinader promulga nueva Ley de Cámara de Cuentas

La ley ahora promulgada había sido observada por el presidente anteriormente, para fortalecer la efectiva funcionalidad del órgano

 

SANTO DOMINGO, R. D.- El presidente de la República Dominicana, Luis Abinader, promulgó en la tarde de hoy la Ley 18-24, que a partir de ahora regulará el funcionamiento de la Cámara de Cuentas, el órgano superior externo de control fiscal de los recursos públicos, de los procesos administrativos y del patrimonio del Estado.

 

La norma moderniza los procedimientos de la institución, procura la mejora de las herramientas para el cumplimiento de los fines del ente y fortalece el régimen de las infracciones administrativas.

 

La nueva norma, cuya iniciativa surgió en el Senado de la República, fue observada a principios de mayo por el presidente Abinader, conforme a sus atribuciones constitucionales.

 

Dichas observaciones, ahora aprobadas por la Cámara de Diputados, planteaban la necesidad de fortalecer la efectiva funcionalidad del órgano, impactando en las atribuciones del Pleno de la Cámara de Cuentas, el trámite de sus sesiones, las atribuciones de sus directivos, los principios y normas de la carrera administrativa especial.

 

Del mismo modo es resaltable que a partir de las observaciones presidenciales, el nuevo texto legal fortalece el régimen de sanciones administrativas, con lo cual el presidente reitera su compromiso firme de luchar contra la corrupción en todas sus formas.

 

Tal y como se establece en las motivaciones de la norma, en el proceso de reforma integral en que se encuentra inmerso el sistema de control y fiscalización del Estado dominicano, impera la necesidad de que la Cámara de Cuentas sea actualizada conforme a las disposiciones de la Constitución y a la exigencia de los nuevos tiempos, en procura de garantizar una gestión pública apegada a la ética, eficiencia, eficacia, celeridad y transparencia.

 

Entre otros aspectos de interés, la Ley 18-24 esclarece de forma detallada su ámbito de aplicación, crea el Sistema Nacional de Control y Fiscalización, aborda la composición, la autonomía, la naturaleza, la jurisdicción y las atribuciones de la Cámara de Cuentas, regula el funcionamiento de sus órganos, establece las competencias, atribuciones y obligaciones de sus directivos, pauta los parámetros de organización administrativa y define el rol de la Cámara de Cuentas en el Sistema Nacional de Control y Fiscalización y los procesos de auditorías.

 

jueves, 22 de diciembre de 2022

Presidente Abinader promulga ley de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos

SANTO DOMINGO, R. D.- El presidente de la República, Luis Abinader, promulgó este 22 de diciembre la Ley núm. 368-22, de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos.

 

Esta ley es un mandato del artículo 194 de la Constitución de la República, estando pendiente de cumplimiento desde 2010.

 

Esta disposición normativa regula el uso de suelo y crea las herramientas jurídico-administrativas para la formulación de planes de ordenamiento territorial a nivel nacional, regional y municipal, los cuales deberán ir cónsonos con intereses medioambientales, culturales y de desarrollo sostenible.

 

Dentro de las novedades de la ley se destaca la clasificación del suelo en urbano, urbanizable y no urbanizable, ubicando dentro de este último los vinculados a actividades agropecuarias o forestales, protegidos medioambientales o culturalmente, o cuando haya sido objeto de una concesión minera.

 

A fines de armonizar los distintos planes de ordenamiento territorial, la ley crea un Sistema Nacional de Ordenamiento Territorial integrado por órganos, bajo la coordinación del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD), en su calidad de órgano rector del ordenamiento del territorio que le confiere la recién promulgada ley.

 

En lo que respecta a los asentamientos humanos, la norma dispone que, en lo adelante, estos solo se podrán realizar en terrenos titulados, donde las normas municipales del uso del suelo lo permitan.

 

La ley también prevé un régimen sancionador a cargo de los gobiernos municipales, que, entre otros aspectos, castiga administrativamente el incumplimiento del deber de conservación de terrenos clasificados como no urbanizables.

 

Esta ley, que entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial, viene a robustecer las herramientas de planificación de políticas públicas, así como contribuirá al sostenimiento de un crecimiento económico armónico con el medio ambiente y los recursos naturales.