Por Faustino Collado
La reciente creación de la
Comisión Presidencial para la Reforma Municipal, mediante el decreto No.
185-15, del 22 de abril de 2015, puede brindar una oportunidad de mejorar la
administración municipal, lo que debe ser saludado, pero adolece de
limitaciones orgánicas, conceptuales y de credibilidad, que debieran ser
corregidos.
En el aspecto orgánico, existen
exclusiones en su composición. Por ejemplo, no están representados los
regidores de los municipios y vocales de los distritos municipales, ni tampoco
la sociedad civil que desde hace decenios impulsa el desarrollo municipal; en
el aspecto conceptual, debiera estructurarse una Comisión Nacional, donde no
predominen los ministerios que actualmente le dan un sesgo centralista; y
debiera clarificarse más sus propósitos, acciones y resultados esperados.
En cuanto a la credibilidad, esta
es vital para lograr la participación de muchos actores y actrices que están
desengañados de las comisiones y de los programas pasajeros con fines
políticos. Un proceso de reforma municipal impulsado por el gobierno central
debe partir de señales concretas de su disposición a ceder en cuanto a lo que
le toca, sobre todo cuando hace más de 10 años que existen leyes, decretos y
decenas de propuestas y recomendaciones que diferentes gobiernos, incluyendo el
actual, no han cumplido, que de hacerlo mejorarán la vida de los municipios.
Como ejemplo de esto último, se
puede citar el incumplimiento de la ley 163-03 que otorga un 10% del
Presupuesto anual a los ayuntamientos. No es admisible que en 1998 los
ayuntamientos recibieran el 3.98% del Presupuesto Público, y 18 años después
reciban el 3.67%. De igual manera, la Ley del Distrito Nacional y los
Municipios No. 176-07, artículo 19, establece que los ayuntamientos tienen
competencias propias, y que podrán ejercer competencias compartidas y delegadas
por el gobierno central, pero a casi 10 años de esta ley, aún no se ha delegado
la primera función para aplicar la descentralización y fortalecer la gestión
municipal.
Regresando al aspecto conceptual
de la Comisión y a su misión, se debe estar conscientes que cuando se habla de
reforma en el ámbito estatal, en este caso en el aspecto municipal, se trata
fundamentalmente de un proceso político, y esto, a su vez quiere decir, un
proceso donde está en juego la delimitación y distribución de poderes, la
creación de condiciones para ejercerlos, y quiénes los ejercen, es decir, el
tema de la participación. Y en este caso, donde se colocan frente a frente el
poder central con el poder municipal, la reforma no puede ser otra que para dar
más poder al municipio, no solo a los ayuntamientos, pues de lo contrario se
trataría de una contrareforma.
Señalo esto porque cuando se
analiza el decreto 85-15 se advierte una carga en los aspectos administrativos
y técnicos modernizantes que se pretende impulsar desde esta Comisión
Presidencial, que si bien no son despreciables ni necesariamente
contradictorios con el aspecto de la redistribución y ejercicio de poderes o
capacidad de decisión, pueden dejar las cosas donde mismo están, desde el
ámbito político, para frustración de muchos.
Comprendo que para el caso
municipal dominicano hace falta mucha eficiencia, es decir, se necesitan
reformas administrativas, técnicas y de modernización, lo mismo que en la
Administración central, pero si no se fortalece la autonomía, que es el tema
político, lo que habrá será, en el caso de que se logre, una mejoría de la
eficiencia arigoneada y dependiente del gobierno central, completamente
vulnerable, de acuerdo al interés del Presidente de turno. Y eso no es lo que
queremos.
Los auspiciadores de la reforma
deben estar convencidos, si no quieren perderse en la bruma de la burocracia,
que la reforma política debe preceder a la administrativa y modernizante o
técnica, pues es el modelo político el que determinan los órganos
administrativos, y estos a su vez las técnicas e instrumentos a utilizar. Es
cierto que la experiencia nos dice que una técnica, como la de los servicios
virtuales, e incluso como la “ventanilla única”, presiona hacia una reforma
administrativa, y esta a su vez hacia la necesidad de la transparencia, al
achicamiento del gobierno y a la reducción del clientelismo, pero son tan solo
indicadores sin consecuencia política.
La prueba es precisamente el
gobierno central, donde el “gobierno electrónico” se ha estado expandiendo, sin
embargo, la nómina pública es cada vez más grande, se crean y dividen
cada vez más instituciones, las Comisiones de Ética Pública no han podido ser
independientes y los servidores públicos tienen temor de crear en cada
institución las asociaciones de empleados que establece la Ley de la Función
Pública No. 41-08.
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