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viernes, 6 de junio de 2014

Nueva cédula en RD no incluye nuevo domicilio


Por Lic. Jaime Fernández Lazala

Después del nombre de la persona, el domicilio es el atributo de mayor importancia política y social de un ciudadano y de un Estado organizado.  El Código Civil Dominicano, establece que el domicilio de todo dominicano, en cuanto al ejercicio de sus derechos civiles,  es el del lugar de su principal establecimiento o trabajo

Un porcentaje amplio de la población, ha cambiado de  domicilio por diversas razones, y tienen una habitación real en otro lugar, diferente de donde son nativos, estableciendo así su  principal establecimiento. Es un disparate obtener un nuevo marbete, sin que a los solicitantes no se les requiera obligatoriamente el cambio de domicilio.

Es preferible, reformar la ley y alargar el periodo de duración del marbete por 20 años y no gastar cientos de millones en el cambio de la vieja por la nueva cédula porque la nueva cédula sigue constituyendo un disparate que no identifica a nadie.

Desde el punto de vista electoral el cambio de domicilio aumenta la posibilidad de abstención del votante, por dificultad en el traslado  a la mesa  de votación.

La provincia constituye una persona moral y forma además una unidad administrativa con su administración y autoridades propias y los límites señalados por la ley, razón por la cual, ninguna persona puede trasladar su domicilio a otro lugar, sin que la comunidad lo registre y empadrone.

Un Estado se considera formalmente organizado, cuando puede determinar eficientemente el establecimiento  del  domicilio y la ubicación cierta del ciudadano. Por tanto la nueva cédula es un nuevo fraude electoral.


El artículo 30 de la Ley de Registro Electoral No. 55 establece que es procedente la cancelación de una inscripción por cambio de residencia a otro Municipio o al Distrito Nacional y el Artículo 32 establece que todo ciudadano inscrito que haya cambiado de residencia deberá solicitar nueva inscripción por ante la Oficina de Inscripciones de su nueva residencia,  previa entrega,  en esa oficina de su Certificado de Inscripción anterior. Para la elaboración de la nueva Cédula de Identidad y Electoral, debe tomarse muy en cuenta el domicilio del ciudadano. 

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