El administrador general del Instituto de Auxilios, Dr. Elsido Díaz Bueno, destacó que en su primer año de gestión el INAVI ha incrementado en más de un 100 por ciento la matrícula de asegurados, garantizando cobertura digna y asistencia económica a los servidores públicos.
El funcionario hizo la observación, previo
a la firma un convenio interinstitucional entre el INAVI y la Dirección General
de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA).
El acuerdo, que fue rubricado por el Dr.
Elsido Díaz Bueno, administrador general del INAVI y el Lic. Elías Báez de los
Santos, director general de la DIDA, busca brindar cobertura digna de servicios
funerarios y asistencia económica a los empleados activos de esta última
entidad, así como a sus dependientes directos.
“De eso es de lo que se trata, de que la
DIDA también tenga derecho a que su personal y sus dependientes tengan
asegurados la solución de un momento tan lamentable, en el aspecto económico
diríamos”, sostuvo el Dr. Díaz Bueno, quien adelantó además que “el INAVI hace
esto con muchas instituciones; todas las semanas hacemos actividades de firma
de acuerdos de colaboración con instituciones, porque de eso es de lo que se
trata, de que el INAVI siga incrementando la matrícula de asegurados”.
De su lado, el Lic. Elías Báez de los
Santos, director general de la DIDA, agradeció al titular del INAVI por la
firma del acuerdo: “En lo que nos toca, damos las gracias al INAVI y su
administrador por ayudarnos a acceder a este servicio funerario para los
empleados públicos”, manifestó el funcionario.
El plan contempla una cobertura de hasta
RD$25,000.00 pesos, con una prima mensual de RD$100.00 pesos por afiliado, e
incluye ataúd, traslado en ambulancia, preparación del cuerpo, uso de capilla,
instalaciones funerarias, servicios de café, agua y té; así como el traslado en
carro fúnebre hasta el cementerio.
El convenio establece cobertura al
afiliado principal y hasta cuatro (4) dependientes, seleccionados en el
siguiente orden: cónyuge, padre e hijos. En el segundo grado abuelos, nietos y
hermanos; bisabuelos, bisnietos, tíos y sobrinos.
En caso de exceder los cuatro
dependientes, podrán incluirse adicionales mediante el pago correspondiente.
El acuerdo tendrá una vigencia de un año,
renovable automáticamente por igual periodo, salvo notificación de una de las
partes con al menos un mes de anticipación.


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