Eric Rivero felicita a los diputados por acoger la iniciativa, que ahora pasa al Senado para su conocimiento.
SANTYO DOMINGO, R. D.- El sector
pecuario se siente regocijado y celebra la aprobación este miércoles de la ley
de abigeato en la Cámara de Diputados, y espera que esta disposición legal sea
sancionada también de forma favorable en el Senado, porque entiende es una
deuda histórica que tiene el país con los productores.
De esa manera se pronunció el productor
Eric Rivero, asesor agropecuario del Poder Ejecutivo, luego de que la Cámara de
Diputados aprobara este miércoles en dos lecturas consecutivas, y con
modificaciones, el proyecto de ley que castiga el abigeato o robo de ganado en
República Dominicana con multas de hasta 10 salarios mínimos.
La pieza, que será remitida ahora al
Senado, es de la autoría del diputado Jorge Cavoli, del Partido Revolucionario
Moderno (PRM).
“Hasta ahora, robar ganado era más fácil
que un ladrón llegara a su casa que el afectado llegara a la de él, por las
débiles sanciones que contiene la actual legislación”, dijo Rivero.
Expresó que los productores
agropecuarios en todo el país felicitan a los diputados por la iniciativa, y
que esperan que más temprano que tarde los senadores puedan reafirmar esa ley y
darle su aprobación.
“Este es uno de los robos más viles que
hay en el país, porque es algo que afecta directamente la economía de miles de
familias que viven de la crianza de ganado, porque definitivamente, cuando se
mata la forma de producción de dinero, pues se está matando las esperanzas de
la familia”, indicó.
Rivero, también presidente de la
Asociación Dominicana de Productores de Leche (APROLECHE), felicitó la
iniciativa del diputado Cavoli “y de todos sus colegas que le dieron un voto de
aprobación a tan justa ley”.
El proyecto de ley aprobado por los
diputados establece en su artículo 6 que el abigeato agravado se puede
sancionar con cuatro a 10 años de prisión y multa de 10 a 20 salarios mínimos
del sector público.
Asimismo, el artículo 4 establece las formas
de cometer abigeato cuando el hecho sea cometido en horas de la noche con
violencia, o que el autor porte armas blancas o de fuego durante la comisión de
la misma.
También, cuando la infracción tenga una
relación de trabajo o de subordinación de cualquier tipo con el propietario o
responsable del ganado, que el infractor se haga pasar por miembro de la
Policía Nacional, Ministerio Público o cualquier otra institución del cuerpo de
orden público, y que el infractor tenga o simule tener calidad de funcionario
público.
De igual manera, cuando el infractor
actúe en complicidad con otras personas y cuando la persona robe o sustraiga
una cantidad que sobrepase las cinco cabezas de ganado mayor y 10 en ganado
menor; cuando el hecho cometido elimine el único bien productivo del afectado,
y por ordenar o encargar a otros cualquiera de las acciones precedentes
indicadas.
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