Busca agilizar y fortalecer estrategias de control en instituciones del Estado
SANTO DOMINGO, R. D.- La Contraloría General de la República (CGR) creó el
Consejo Nacional de Control Interno, el cual fungirá como máximo órgano
de control y dirección de la gestión de control interno, según quedó
establecido mediante la Resolución No. 009-20, emitida por el contralor general
Luis Rafael Delgado Sánchez.
La finalidad del consejo es la de proponer la adopción de políticas y
diseño de lineamientos que contribuyan con el fortalecimiento del control
interno de las instituciones del Estado, y de esa manera fomentar el logro de
los objetivos y metas institucionales que permitan identificar oportunidades de
mejoras.
Este Consejo Nacional de Control Interno estará integrado por: a) el
Contralor General de la República, quien lo presidirá; b) la Dirección de
Desarrollo Normativo de la Contraloría, que fungirá como Secretario Ejecutivo;
c) un representante rotativo de las direcciones de Auditoría Interna,
Gubernamental o Especiales; d) la Dirección Legal y e) la Dirección de
Tecnología de la información.
El órgano de control deberá convocar, según las necesidades o intereses
institucionales, a representantes de órganos o instituciones de la
administración pública, con el objetivo de lograr la mejora continua en la
efectividad del control interno.
La resolución dispone reunión de los miembros cada seis meses, de manera
ordinaria, y de manera extraordinaria cuantas veces las circunstancias lo
demande, por convocatoria del Contralor General de la República.
La Dirección de Desarrollo Normativo tendrá a su cargo la elaboración de un
Reglamento que regirá la estructura y el funcionamiento del Consejo Nacional de
Control Interno, otorgándole un plazo de noventa días, para la realización de
la indicada normativa.
Órgano Rector del Control Interno
El artículo 247 de la Constitución de la República subraya que la
Contraloría General es el órgano del Poder Ejecutivo rector del control
interno, ejerce la fiscalización interna y la evaluación del debido recaudo,
manejo, uso e inversión de los recursos públicos y autoriza las órdenes de
pago, previa comprobación del cumplimiento de los trámites legales y
administrativos, de las instituciones bajo su ámbito, de conformidad con la
ley.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Esperamos que su comentario contribuya al desarrollo de los gobiernos locales .