FJT advierte que la falta de una ley de partidos políticos obligaría a
la JCE a suplir por resolución toda la materia electoral sin desarrollo
legislativo
Santo Domingo, R. D.- El presidente de la Fundación
Justicia y Transparencia (FJT), Trajano Potentini al participar en el programa
radial la opción de la mañana del grupo Telemicro, advirtió que la falta de una
ley de partidos políticos obligara a la Junta Central Electoral (JCE), a seguir
supliendo por resolución todos aquellos temas que no tienen desarrollo
legislativo en materia electoral, todo ello en correspondencia con el artículo
de la constitución 212 y su párrafo cuarto.
Potentini citó textualmente las disposiciones constitucionales que facultan
a la junta a reglamentar los temas electorales y concretamente los relativo a
las campañas, pre-campañas o como se le quiera denominar, veamos; el artículo
212 de la constitución establece: Junta Central Electoral. La Junta Central Electoral es un órgano
autónomo con personalidad jurídica e independencia técnica, administrativa,
presupuestaria y financiera, cuya finalidad principal será organizar y dirigir
las asambleas electorales para la celebración de elecciones y de mecanismos de
participación popular establecidos por la presente Constitución y las
leyes. Tiene facultad reglamentaria en los asuntos de su competencia.
Asimismo, el párrafo cuarto del mismo artículo 212, de la constitución
plantea y cito textualmente lo siguiente: La Junta Central Electoral
velará porque los procesos electorales se realicen con sujeción a los
principios de libertad y equidad en el desarrollo de las campañas y
transparencia en la utilización del financiamiento. En consecuencia,
tendrá facultad para reglamentar los tiempos y límites en los gastos de
campaña, así como el acceso equitativo a los medios de comunicación.
Potentini explicó que inequívocamente la Junta Central
Electoral tiene facultad constitucional para reglar la materia electoral, de
hecho, como ha tenido que hacerlo durante todo el trayecto democrático de los
últimos 20 años, en suma, con una larga tradición de resoluciones sobre toda la
temática electoral, todo ello abonado por la falencia de una ley de partidos
políticos, hasta ahora imposible de consensuar por la apatía y la renuencia de
nuestra clase política.
De acuerdo con Justicia y Transparencia tampoco se
estaría violando la constitución con el contenido de la referida resolución,
ello así porque los derechos o libertades fundamentales, como la de expresión,
reunión y asociación no estarían siendo limitadas, se trata del aspecto
proselitista caravanas, mítines y colocación de publicidad, incluso con la
contaminación visual y sónica que ello conlleva, circunstancia que llevó
recientemente al alcalde de Santiago a prohibir y retirar los letreros alusivos
a la promoción política.
En consecuencia, los partidos tendrán siempre la
capacidad al margen del proselitismo, de trabajar en su día a día interno, con
todas las reuniones y actividades que entiendan y con ello ejercitando todos
sus derechos fundamentales, con sujeción a las directrices de la junta como
órgano veedor, gerente y supervisor de toda la temática electoral.
No obstante, la FJT reconoció que lo ideal prudente y
deseable por parte de la junta hubiese sido consultarlo previamente con los
partidos políticos y con ello observar las disposiciones de la ley 107-13 sobre
los derechos de los ciudadanos en su relación con la administración, la cual
hace mandatorio el trámite de consulta previa para temas de interés general.
De ahí que resulta un imperativo el que la clase política
se avoque a tener una ley de partidos políticos, que le reste poderes y
discrecionalidad a la junta, los cuales estarían constantemente bajo
cuestionamientos, sobre todo por los intereses que siempre afectarían, en este
caso y así lo evidencia el activismo político el mayor perjudicado lo es el
expresidente Leonel Fernández.
Finalmente, Justicia y Transparencia propone la
celebración de una cumbre que propicie un advenimiento entre los políticos, reflexionando
profundamente sobre la necesidad de evitar estas contradicciones que laceran la
democracia, dotando al país de reglas claras y sin discrecionalidad, buscando
en lo inmediato el consenso para superar el impase de la resolución que prohíbe
las campañas a destiempo.
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