Barahona, R. D.- El Subdirector de la UASD Centro Barahona,
Maestro Manuel Antonio de la Cruz Fernández, afirmó que el Ministerio de
Educación (MINERD), viola la Constitución de la República y la Ley General de
Educación 66-97.
El funcionario académico, quien
también es abogado, señaló que el primero de octubre del año 2013, el Consejo
Nacional de Educación, decidió cambiar la estructura académica del sistema
educativo dominicano eliminando el nivel básico y creando en su lugar el
primario.
Afirmó que la decisión adoptada por
el organismo rector de la educación en el país, violenta el artículo 32, de la
Ley 66-97, que establece que el sistema educativo comprende cuatro niveles:
inicial, básico, medio y superior.
“La decisión de eliminar el nivel
básico y crear el primario, viola la Ley 66-97 en sus artículos 32, 35, 36, 37,
38, y 39; el numeral 3, del artículo 63 de la Constitución”, significó.
Precisó que la Constitución y la Ley
66-97, reconocen al nivel básico como uno de los niveles educativos y que, por
lo tanto, forman parte de la estructura académica del sistema.
Dijo que por esa razón una ordenanza
no puede eliminar un nivel y que de ocurrir, como en efecto ocurrió, constituye
en un acto nulo de forma absoluta.
Consideró que por tratarse de una
violación a la Carta Magna y la Ley 66-97, es nulo el diseño curricular editado
por el Minerd para el nivel primario, el cual se asume desde el año escolar
2013-2014; conforme a los artículos 6 y 69 de la Constitución.
Sostuvo que el Minerd es el más
llamado a cumplir y hacer cumplir la ley, por su compromiso social y que si
deseaba cambiar la estructura académica y el objetivo que es el nivel básico,
debió primero promover la modificación de la Constitución y la ley 66-97 en los
artículos citados”.
“Debió promover esa intención a
través del Pacto Nacional para la Reforma Educativa, que promueve y ejecuta el
gobierno del presidente Danilo Medina, que ha demostrado tener alto interés por
la educación”, observó.
Recordó que la ley, como fuente
directa del Derecho, es considerada como la principal fuente de Derecho
Positivo, por lo que se convierte en garante de la convivencia armónica de los
individuos en la sociedad para beneficio de gobernantes y gobernados.
De la Cruz Fernández, afirmó que una
de las características del Derecho, es la generalidad y obligatoriedad, “es
decir, aplicable para quienes gobiernan y los que son gobernados”.
Señaló que el artículo 6 de la
Constitución dispone que todas las personas y los órganos que ejercen
potestades públicas estén sujetos a la constitución, como norma suprema y
fundamento del ordenamiento jurídico del Estado; por lo que son nulos de pleno
derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o actos contrarios a ella.
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