sábado, 18 de junio de 2016

Advierte alcaldes deberán pagar con sus bienes deudas municipales


SANTO DOMINGO, R. D.- El dirigente del PRM y Regidor del Distrito Nacional Waldys Taveras, advirtió que los Alcaldes que han contraído deudas y no puedan ser pagadas antes del 16 de agosto, deberán pagarla con sus bienes, si estas no han sido autorizadas regular y previamente a su concertación por el Concejo de Regidores como deudas plurianuales y aprobadas por la Dirección General de Crédito Público.

Taveras, remitió una comunicación en el día de hoy al Ministro de Hacienda Simón Lizardo y al Director de Crédito Publico Magín Díaz, donde denuncia que muchas Alcaldías se han endeudado irracionalmente en abierta violación a las disposiciones de la Ley 176/07 de los Municipios y la Ley 6/06 crédito público, porque han tomado préstamos y créditos sin tener la disponibilidad de fondos, sin  opinión previa de los contralores municipales, ni autorización de los Concejos de Regidores y la Dirección de Crédito Público, por lo que demanda que dichos compromisos económicos no le sean oponibles a los ayuntamientos y por lo tanto pasen a ser responsabilidad personal de los Alcaldes que las han contraído, como dispone la ley.

El dirigente perremeistas, recuerda que el Art. 347 de la ley municipal prohíbe que los Alcaldes y demás funcionarios municipales autoricen gastos y se contraigan obligaciones sino se dispone de las partidas presupuestarias, y agrega que el art 343 de dicha ley de manera expresa señala que no tendrán efecto ni validez jurídica los acuerdos que ordenen pagos o engendren obligaciones pecuniarias a cargo del municipio, sino se dispone de los fondos para su ejecución; lo que ha sucedido en la mayoría de los ayuntamientos del país.

Taveras concluyo su comunicación al Ministro de Hacienda y al Director de Crédito Público señalándolas: que esa acción de endeudamiento irracional, llega al extremo de la concertación de deudas a proveedores y servicios que comprometen el presupuesto municipal de todo un año, muy especialmente porque hay proveedores que en complicidad con alcaldes salientes están abultando las deudas, con lo que se pone en peligro la eficiencia de los Servicios Municipales y el cumplimiento de las ofertas electorales de los funcionarios recién electos en esos municipios.

En ese sentido le solicito muy encarecidamente, que esa Dirección General de Crédito Público, rechace el registro de dichas deudas con cargo al patrimonio municipal de los municipios afectados, por haberse concretado en violación a la ley y que en consecuencia declare dichas deudas, no oponible a las ayuntamientos afectados, como dispone el art. 46 de la ley de crédito público, para  que sean los violadores de la ley los que paguen con sus bienes.


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