NUEVA YORK.- El Coordinador del Consejo de Campaña en
Ultramar del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y la candidatura presidencial
de Luis Abinader, reclamó a la Junta Central Electoral (JCE) que asuma su rol
de garante del proceso eleccionario dominicano y permita que se realice un
conteo manual de todos los votos durante los comicios del 15 de mayo.
Margarito Carlos De León manifestó que el
conteo manual de los votos no es un capricho, sino lo que establece la ley,
pero la JCE con su ley 275-97 contempla realizar el conteo electrónico,
"lo que facilitaría un eventual fraude".
"Resulta sospechoso, que la JCE se
empecine en pretender tergiversar los reclamos del PRM y sus aliados,
refiriéndose solamente al tema técnico y la comprobada ineficiencia de los
escáneres. El tema es más profundo y delicado, pues de seguir como
pretende la JCE, transitando el camino de la ilegalidad, El proceso finalmente
irá a parar al Tribunal Superior Electoral y la población dominicana sabe muy
bien a quien o quienes responde este organismo", sindicó De León.
Agregó que "es ilegal todo acto o
circunstancia no contemplado en la ley. Por tanto, en ningún lugar la ley
electoral 275-97 contempla el conteo electrónico, que en la práctica es la
sustitución de las funciones del colegio electoral, de aquí se desprende que
cualquier otro método que se emplee contrario a lo establecido por ésta, es a
todas luces ilegal e impugnable".
Dijo que "la JCE se ha empecinado en
no querer dar su brazo a torcer tras incurrir en una errónea resolución que
choca con la ley que ellos están obligados a aplicar y defender".
Margarito Carlos De León se refirió al caso
del miembro de la JCE Eddy Olivares, quien advirtió al resto del organismo que
el conteo electrónico de los votos no está previsto por la Ley Electoral
275-97, por lo que demandó establecer que previo a ese procedimiento se haga
una verificación manual de las boletas en cada colegio electoral.
En una carta dirigida al presidente de la
JCE, Roberto Rosario, Olivares explica que lo dispuesto en la citada norma fue
alterado mediante resolución 64/2016, modificación que bien pudiera admitirse
en caso de que todos los partidos políticos estuvieran de acuerdo con la
totalidad de la disposición. En consecuencia, hizo dos solicitudes para que se
discutan en el pleno de la JCE.
La primera es ordenar que antes del
escrutinio electrónico, se le dé cumplimiento a la revisión manual consagrada
en el artículo 127 de la Ley Orgánica Electoral: “El secretario desdoblará la
boleta leyendo en alta voz la denominación de la agrupación o partido a que
corresponda la boleta y pasando esta al presidente, quien la examinará y
exhibirá a los demás miembros y delegados presentes”.
La segunda solicitud consiste en que se
deje sin efecto el escrutinio manual del 15 % de los colegios electorales en
las Juntas Electorales. Ya algunos partidos políticos habían advertido la
ilegalidad o la peligrosidad de que el conteo manual en el 15 % establecido por
la JCE se hiciera en las juntas electorales.
“Tomando en consideración que el escrutinio
es el elemento esencial de la jornada electoral y, por lo tanto, todo lo
relacionado con él reviste un especial interés para los partidos políticos,
debemos evitar que su automatización se convierta, innecesariamente, en un
elemento de discordia y desconfianza”, planteó Olivares.
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