POR ELVI PAREDES
´´En las
sociedades antiguas, alcanzar edades avanzadas significaba un privilegio, una
hazaña que no podía lograrse sin la ayuda de los dioses, por tanto, la
longevidad equivalía a una recompensa divina dispensada a los justos.´´
En la República
Dominicana, el artículo 57 de la Constitución establece que “La familia, la
sociedad y el Estado concurrirán para la protección y la asistencia de las
personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y
comunitaria. El Estado garantizará los servicios de la seguridad social
integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia”.
Esa disposición
constitucionaliza los derechos de las personas de la tercera edad y refuerza la
ley 352-98 Sobre Protección de la Persona Envejeciente.
Sería importante
saber qué está haciendo, o que hace el Consejo Nacional de la Persona
Envejeciente (CONAPE), en materia de definición de políticas, que contribuyan a
la protección de los adultos mayores en la República Dominicana.
De acuerdo con
la ley 352-98 sobre Protección de la Persona Envejeciente, el CONAPE “actuará como organismo oficial en materia de
definición y ejecución de políticas nacionales sobre la población envejeciente.
Tendrá competencia sobre instituciones públicas y privadas de atención al
Envejeciente que tengan reconocimiento legal.”
Este organismo
tiene el deber y la obligación de elaborar y avanzar propuestas para la mejora
de las políticas en favor de esta población, fiscalizar y supervisar la labor
de los centros de atención a los envejecientes y fomentar la difusión de las
leyes que tengan que ver con las personas mayores de sesenta y cinco años (65).
Cuenta o debe contar con una línea
disponible 24 horas para recibir reclamos.
Señala dicha
legislación que ´´En caso de
infracciones o falta contra esos derechos, el
CONAPE podrá imponer sanciones que van desde la amonestación escrita
hasta la suspensión de la autorización de funcionamiento o clausura de la
institución que cometió la falta. Además, “deberá interponer una denuncia
ante las autoridades correspondientes, cuando tenga conocimiento de la comisión
de cualquier delito que lesione los derechos del(a) envejeciente.´´
Pero, la preocupación por la población de adultos
mayores o Envejeciente se inicio en el marco del Plan de Acción
Internacional de Viena sobre el Envejecimiento, celebrado en 1982, donde se
define la política a seguir para poder encontrar soluciones jurídicas a los
temas de mayor interés, tales como seguridad de ingresos y empleo, bienestar,
salud, educación y protección de los consumidores ancianos.
Estas medidas
trajeron como consecuencia la redacción y aprobación de los Principios de las
Naciones Unidas en favor de las personas de edad, mediante la resolución 46/91
del 16 de diciembre de 1991. Tales principios abarcan 5 temáticas esenciales,
que son: independencia, participación, cuidados, autorrealización y dignidad
En 2002 se celebró la Segunda Asamblea Mundial sobre Envejecimiento en
Madrid y se aprobó un Plan de Acción Internacional para responder a las necesidades
de esta población en el siglo XXI. Además, la ONU declaró el día 1 de octubre
como el día internacional de las personas mayores mediante la resolución 45/106
del 14 de diciembre de 1990.
Posiblemente
usted, querido lector, tiene su abuelo, posiblemente usted, es un adulto mayor,
posiblemente usted, (al igual que yo), fue criado por sus abuelos.
Yo fui criado
por mis abuelos queridos y adorados, María de los Ángeles Fermín y Luis Paredes
Cordero, y me siento muy orgulloso de ello. Para mí, la formación, la
educación, los valores aprendidos, son infinitamente invaluables.
Mis abuelos me
enseñaron el valor de amar y temer a DIOS ante todo, el valor de la verdad, el
valor de la confianza, el valor de la honestidad, el valor de la solidaridad,
el valor del respeto a los mayores, el valor del respeto al vecino, el valor
del respeto al maestro, el valor de amar y cuidar la naturaleza, el valor de
amar y cuidar a los animales, el valor de la responsabilidad, el valor e
importancia de la educación, el valor del amor a la PATRAIA, de honrar nuestra
BANDERA, nuestro HINNO NACIONAL, nuestro ESCUDO NACIONAL.
Y fue mi abuelo
querido y adorado, quien me enseño,…quien me afeito por vez primera.
Es por ello, que
constituye para mi, un drama desgarrador, el ver ancianos pidiendo en calles y
esquinas, el verlos dormir en el duro piso de una calzada, o del banco de un
parque cualquiera. ESO NO ES POSIBLE. ESO NO PUEDE SER. ESO NO PUEDE CONTINUAR
PASANDO EN LA REPUBLICA DOMINICANA.
Y no puede ser,
porque el desarrollo de la economía de la República Dominicana ha avanzado de
manera exponencial, al pasar en 1996, de un Producto Interno Bruto de poco más
de 21 mil millones de pesos, a más de 600 mil millones al 2014.
No es posible
mantener en la miseria, a ciudadanos dominicanos que lo dieron todo por su
país. A ciudadanos dominicanos que pagaron sus impuestos, que dieron sus
mejores años por el progreso de la República Dominicana.
El Estado
Dominicano puede y debe garantizar un hogar, un ingreso estable, medicamentos y
disfrute de la cultura y de transporte gratuito, a todo ciudadano dominicano,
Envejeciente o adulto mayor.
Cada adulto
mayor de 65 años que así lo requiera o necesite, debe tener una tarjeta otorgada por el Estado Dominicano, que le
garantice la exoneración del pasaje en el Metro, y en el sistema público de
transporte, así como el ingreso a museos y actividades culturales.
Es lo menos que
podemos hacer por aquellos hombres y mujeres que lo dieron todo (y muchos están
dispuesto a empuñar las armas para defender la patria), por el engrandecimiento
de la República Dominicana.
Así que manos a
la obra, Sr. Gobierno.
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