lunes, 17 de noviembre de 2014

Asamblea General de Fedomu. ¡Llegó la Hora!


(40/40)

Por Isaac Terrero y Julio Alejo

Esta serie de reflexiones desde sus inicios se planteó la orientación del proceso eleccionario del asociativismo municipal dominicano en sentido general y de manera particular, de Fedomu, Fedodim, Asodore y Unmundo, tratando de ofrecer una mirada desde fuera, con la única intensión de aportar al fortalecimiento institucional de tan importante herramienta para mejorar la gestión municipal, sin embargo la misma ha encontrado muy pocas respuestas a los temas planteados, como si la hora de la asamblea general de cada una de las mencionadas instituciones nunca llegaría. Llegó la de Fedodim, llegó la de Unmundo, llegó la de Asodore y se postergó y llegó la tan esperada hora de Fedomu, “la sombrilla del asociativismo”.

El pasado día tres de noviembre, bajo la firma del presidente, la secretaria general y el director ejecutivo, Fedomu hizo pública la convocatoria a la asamblea general ordinaria y eleccionaria para celebrarse el dieciocho de noviembre a las 10:00am en un prestigioso hotel de la capital. Según la publicación, el orden del día estaría dividido en dos partes; la primera, denominada protocolar y; la segunda, la apertura formal de la asamblea eleccionaria. En escritos anteriores se ha dejado por sentado que el actual director ejecutivo de Fedomu haría uso de cuantas maniobras truculentas fuese posible usar, contar de permanecer en el cargo.

Ya se sabe de la magia de los sombreros, la instrumentación de una resolución a su medida que procura su ratificación cual sastre italiano, el adelanto de la asamblea eleccionaria para el pasado septiembre intentando hacerla a su medida, la realización de expo municipios para beneficio particular, el utilitarismo político y partidario y la apropiación “legal” de la marca Fedomu. Habiendo fracasado todo este despliegue “táctico estratégico”, el último “bajadero” puesto en marcha con asesoría de un conjunto de abogados y asesores empleados de la institución, consiste en maniobrar con la agenda de la asamblea general eleccionaria.

La maniobra tiene dos cartas a jugar. La primera carta, consiste en tratar de colocar, previo al establecimiento del quórum, la ratificación de las resoluciones tomadas por el Consejo Directivo con anterioridad, en un momento en que él, si se lo permiten, tendría el control directivo del escenario, con la finalidad de pasar por debajo de la mesa la mencionada resolución hecha a su medida, con la cual ha pasado varios meses chantajeando alcaldes y actores políticos.

La segunda carta, consiste en convocar de manera subrepticia a un Consejo Directivo que no ha sido electo, ya que es la propia asamblea que decidirá sobre ese particular. Supuestamente, esa convocatoria sería para la elección del Consejo de Disciplina, sin embargo, la intensión real es la de que el simpatizante que le queda someta la misma resolución de la que se ha hablado como si fuese una nueva.

Otro caso que preocupa, es la indefinición de una o más planchas debidamente inscritas. Pasada las 5:00pm del pasado viernes 14 de noviembre, no se había depositado por ante la Comisión Electoral de Fedomu una plancha concertada entre los alcaldes y las autoridades políticas involucradas, pero mucho menos planchas contrarias. Varios municipalistas establecían que existían en ese momento dos planchas, rumoreándose la existencia de una tercera. A esa situación habrá que buscarle una salida de consenso, ya que venció el plazo para la inscripción de las planchas.

La situación de indefinición ha sido producida por el director ejecutivo de Fedomu, quien ha participado en la construcción de las dos planchas que pretenden disputarse el control de la institución, sin embargo las mismas no han podido ser inscritas ante la Comisión Electoral en tiempo hábil. Esto, porque a la indicada persona le favorece que llegado el momento de las votaciones se forme un caos que nadie pueda controlar y no se pueda sesionar, ya que de esa forma él permanecería en la posición hasta que se vuelva a convocar, sin embargo, la alegría en casa de pobres dura poco, el estatuto establece que en quince días debe convocarse nuevamente la asamblea general eleccionaria.

Un último argumento que ha salido a la luz pública y que se ha escuchado al director ejecutivo esgrimirlo en reiteradas ocasiones es que: el estatuto establece que el Consejo Directivo tiene por función la de “Nombrar al Director Ejecutivo, cuando este cargo esté vacante, a propuesta del Presidente…”, por lo que sería insustituible hasta tanto él mismo lo determine. Con ese argumento, el director ejecutivo y sus defensores piensan que están hablando para un auditorio de sordos y/o enajenados mentales. Es sabido por todos los que interactúan en la municipalidad, que el puesto de director ejecutivo es una posición orgánica, en consecuencia forma parte del personal de la institución que puede ser removido por el órgano superior, que en este caso es el Consejo Directivo. 

Los principios de administración de RRHH establecen que las razones por la que se produce una vacante pueden ser muchas: y van a depender de la formación institucional, puede ser para un nuevo puesto de trabajo, una vacante ocasionada por un despido, renuncia, embarazo, licencia de enfermedad, abandono de trabajo, reestructuración de la institución, nuevo sector, jubilación, cambio de firmas, creación de nuevas instituciones, etc. ¿Cuál es la cuestión? Es que, tal como establece el titulo 7 sobre la terminación de los contratos laborales, capitulo 1, sobre las causas de terminación, en sus artículos del 67 al 69 del Código Laboral Dominicano, los efectos del contrato del director ejecutivo terminarían por el desahucio o despido del trabajador, que bien pudo haber sido por mutuo consentimiento, y así se crea la vacante.  Lo cierto es que, ¡Llegó la Hora!


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