sábado, 26 de enero de 2013

Tribunal Constitucional Dominicano irrespeta su Constitución


Intimidan Tribunal Constitucional se abstenga participar acto religioso en su aniversario

SANTO DOMINGO, R. D.- El Tribunal Constitucional de la República Dominicana (TC) ha sido formalmente intimado mediante un acto de alguacil para que se abstenga de promover, publicitar o participar en una misa programada en ocasión del primer aniversario de dicho organismo.
La intimación y advertencia fue hecha a nombre del Movimiento por un Estado Laico en República Dominicana,  por el economista Guido Riggio Pou y por el abogado Radhamés Bonilla, por considerar que la Constitución Dominicana establece la libertad de conciencia y de cultos,  por lo que entienden que con una entidad promover una actividad de una religión en particular se viola ese derecho, que el propio Tribunal Constitucional está en la obligación de preservar.
La advertencia se basó  en una publicación del Tribunal Constitucional en la que anunció las actividades que desarrollará durante el presente mes de enero para conmemorar su primer año de ejercicio, tras su creación, el 26 de enero de 2010, al amparo de la Constitución de la República y para celebrar el bicentenario del natalicio del Patricio, Juan Pablo Duarte y Díez.
El magistrado Milton Ray Guevara, Presidente del Tribunal informó que el calendario de actividades incluye entre otras actividades la celebración de una misa, que es un acto litúrgico propio de la Iglesia Católica.
La advertencia formal fue hecha el pasado viernes 18  por el alguacil Javier Enrique Pina, del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Nacional, que le informó que en principio en el Tribunal se resistía a recibir la notificación, aunque finalmente fue recibida
La intimación-advertencia fue hecha tanto al Tribunal Constitucional, como órgano del Poder Judicial, como individualmente a cada uno de los Jueces que integran el mismo, que incluye además de Milton L. Ray Guevara, a los Magistrados: Leyda Margarita Piña Medrano,  Jueza Primera Sustituta; Lino Vásquez Samuel, Juez Segundo Sustituto; Hermogenes Acosta de los Santos,, Juez; Ana Isabel Bonilla, Jueza; Justo Pedro Castellanos Khouri, Juez; Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Juez; Jottin Cury David, Juez;  Rafael Díaz Filpo,  Juez; Wilson Gómez,  Juez; Víctor Gómez Bergés, Juez; Katia Miguelina Jiménez Martínez, Jueza e Idelfonso Reyes, Juez.
El acto de alguacil también le fue notificado a cada uno de los miembros que integran el Consejo Nacional de la Magistratura que son el Presidente de la República, Danilo Medina Sánchez, el Presidente del Senado, Reynaldo Pared Pérez, el Presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez Durán, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia Mariano Germán Mejía, el Procurador General de la República, representado actualmente por Francisco Domínguez Brito,  así como también el Juez del mismo Tribunal Franz Euclides Soto Sánchez y el Senador y Diputado que no son del mismo Partido que el de los Presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados.
Los ciudadanos requirentes miembros del Movimiento por un Estado Laico en la República Dominicana, licenciados Riggio Pou y Bonilla, fundamentan su intimación en lo que dispone el artículo 45 de la Constitución de la República, que reconoce la libertad de conciencia y de cultos, así como también en los artículos 26, 68 y 69 de la misma Constitución.
Alegan los demandantes  el  Tribunal Constitucional de la República Dominicana y sus jueces son los custodios fundamentales de la Constitución y que como tales deben prevalecer y permanecer impolutos, imparciales, y alejados de toda disputa ideológica y de los símbolos y doctrinas religiosa, sea dicha ideología de índole filosófica o confesional  o política, y que su función esencial es    dictar “decisiones que son definitivas e irrevocables,  que  constituyen precedentes vinculantes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado”, según lo publica el propio Tribunal en su página o portal de internet.
Asimismo insisten en que El Tribunal Constitucional fue concebido por la Constitución como el órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad”,  por tanto  no debe realizar ningún acto,  no solo que contravenga la Constitución ni los derechos que en ella se consagran, sino que haga suponer o se pueda inferir que tiene una preferencia, inclinación, parcialidad, simpatía o identificación con alguna institución religiosa o alguna de carácter público, nacional o internacional, contra quien eventualmente pueda conocer y fallar, bien sea en contra o en favor, algún recurso, acción, demanda o procedimiento, donde esa parte pueda tener directa o indirectamente algún interés material, moral o ideológico, o de cualquiera otra índole.
Observan Riggio Pou y Bonilla que el Presidente del TC aparentemente ha querido arrastrar o involucrar en su posición a todos los demás miembros del Tribunal y les advierte que en caso de que desatiendan o no le hagan caso la intimación de no participar en la indicada misa, "ipso facto" quedarán inhabilitados para conocer y decidir cualquier recurso que directa o indirectamente involucre a la Iglesia Católica, Apostólica y Romana, porque ya habrían manifestado su inclinación, preferencia y habrían creado un privilegio de esa Iglesia sobre las demás, que tampoco tienen derecho a que un órgano del Estado se involucre en cuestiones propias de las creencias y de la fe que son intrínsecas al individuo, pero totalmente ajenas a un órgano del Estado, y mucho menos de un Tribunal que más tarde o más temprano tendrá que decidir asuntos donde podrían estar involucrada la Iglesia Católica.
Entienden los requirentes que tienen el derecho de elevar una oportuna advertencia, porque sería trastornador para el ordenamiento Constitucional y nocivo para la neutralidad religiosa del Estado Dominicano que sea el propio Tribunal Constitucional (TC), quien viole y desconozca los derechos fundamentales consagrados en la propia Constitución de la República.
Finalmente manifestaron Riggio Pou y Bonilla que se le solicitó al Presidente del TC, Milton L. Ray Guevara que reúna de urgencia al Tribunal para tratar tan delicado asunto jurídico, ante la eminencia de la celebración de la misa ya anunciada.
Se espera que el  Tribunal Constitucional haga una  ninguna comunicación pública sobre los serios y ponderados requerimientos que les han sido hechos por el Movimiento por un Estado Laico en la República Dominicana, que integran Riggio Pou y Bonilla.

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