Intimidan
Tribunal Constitucional se abstenga participar acto religioso en su aniversario
SANTO DOMINGO, R. D.- El Tribunal Constitucional de la República
Dominicana (TC) ha sido formalmente intimado mediante un acto de alguacil para
que se abstenga de promover, publicitar o participar en una misa programada en
ocasión del primer aniversario de dicho organismo.
La intimación y advertencia fue hecha a nombre del
Movimiento por un Estado Laico en República Dominicana, por el
economista Guido Riggio Pou y por el abogado Radhamés Bonilla, por considerar
que la Constitución Dominicana establece la libertad de conciencia y de cultos,
por lo que entienden que con una entidad promover una actividad de una
religión en particular se viola ese derecho, que el propio Tribunal
Constitucional está en la obligación de preservar.
La advertencia se basó en una publicación del
Tribunal Constitucional en la que anunció las actividades que desarrollará
durante el presente mes de enero para conmemorar su primer año de ejercicio,
tras su creación, el 26 de enero de 2010, al amparo de la Constitución de la
República y para celebrar el bicentenario del natalicio del Patricio, Juan
Pablo Duarte y Díez.
El magistrado Milton Ray Guevara, Presidente del
Tribunal informó que el calendario de actividades incluye entre otras
actividades la celebración de una misa, que es un acto litúrgico propio de la
Iglesia Católica.
La advertencia formal fue hecha el pasado viernes
18 por el alguacil Javier Enrique Pina, del Tribunal de Niños, Niñas y
Adolescentes del Distrito Nacional, que le informó que en principio en el
Tribunal se resistía a recibir la notificación, aunque finalmente fue recibida
La intimación-advertencia fue hecha tanto al
Tribunal Constitucional, como órgano del Poder Judicial, como individualmente a
cada uno de los Jueces que integran el mismo, que incluye además de Milton L.
Ray Guevara, a los Magistrados: Leyda Margarita Piña Medrano, Jueza Primera Sustituta; Lino Vásquez Samuel,
Juez Segundo Sustituto; Hermogenes Acosta de los Santos,, Juez; Ana Isabel
Bonilla, Jueza; Justo Pedro Castellanos Khouri, Juez; Víctor Joaquín
Castellanos Pizano, Juez; Jottin Cury David, Juez; Rafael Díaz Filpo, Juez; Wilson Gómez, Juez; Víctor Gómez Bergés, Juez; Katia
Miguelina Jiménez Martínez, Jueza e Idelfonso Reyes, Juez.
El acto de alguacil también le fue notificado a
cada uno de los miembros que integran el Consejo Nacional de la Magistratura
que son el Presidente de la República, Danilo Medina Sánchez, el Presidente del
Senado, Reynaldo Pared Pérez, el Presidente de la Cámara de Diputados, Abel
Martínez Durán, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia Mariano Germán
Mejía, el Procurador General de la República, representado actualmente por
Francisco Domínguez Brito, así como también el Juez del mismo Tribunal
Franz Euclides Soto Sánchez y el Senador y Diputado que no son del mismo
Partido que el de los Presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados.
Los ciudadanos requirentes miembros del Movimiento
por un Estado Laico en la República Dominicana, licenciados Riggio Pou y
Bonilla, fundamentan su intimación en lo que dispone el artículo 45 de la
Constitución de la República, que reconoce la libertad de conciencia y de
cultos, así como también en los artículos 26, 68 y 69 de la misma Constitución.
Alegan los demandantes el Tribunal Constitucional de la República
Dominicana y sus jueces son los custodios fundamentales de la Constitución y
que como tales deben prevalecer y permanecer impolutos, imparciales, y alejados
de toda disputa ideológica y de los símbolos y doctrinas religiosa, sea dicha
ideología de índole filosófica o confesional o política, y que su función
esencial es dictar “decisiones que son
definitivas e irrevocables, que constituyen precedentes vinculantes
para los poderes públicos y todos los órganos del Estado”, según lo
publica el propio Tribunal en su página o portal de internet.
Asimismo insisten en que “El Tribunal Constitucional fue concebido por la
Constitución como el órgano supremo de interpretación y control de la
constitucionalidad”, por tanto no debe realizar
ningún acto, no solo que contravenga la Constitución ni los derechos
que en ella se consagran, sino que haga suponer o se pueda inferir que tiene
una preferencia, inclinación, parcialidad, simpatía o identificación con alguna
institución religiosa o alguna de carácter público, nacional o internacional,
contra quien eventualmente pueda conocer y fallar, bien sea en contra o en
favor, algún recurso, acción, demanda o procedimiento, donde esa parte pueda
tener directa o indirectamente algún interés material, moral o ideológico, o de
cualquiera otra índole.
Observan Riggio Pou y Bonilla que el Presidente del
TC aparentemente ha querido arrastrar o involucrar en su posición a todos los
demás miembros del Tribunal y les advierte que en caso de que desatiendan o no
le hagan caso la intimación de no participar en la indicada misa, "ipso
facto" quedarán inhabilitados para conocer y decidir cualquier recurso que
directa o indirectamente involucre a la Iglesia Católica, Apostólica y Romana,
porque ya habrían manifestado su inclinación, preferencia y habrían creado un
privilegio de esa Iglesia sobre las demás, que tampoco tienen derecho a que un
órgano del Estado se involucre en cuestiones propias de las creencias y de la
fe que son intrínsecas al individuo, pero totalmente ajenas a un órgano del
Estado, y mucho menos de un Tribunal que más tarde o más temprano tendrá que
decidir asuntos donde podrían estar involucrada la Iglesia Católica.
Entienden los requirentes que tienen el derecho de
elevar una oportuna advertencia, porque sería trastornador para el ordenamiento
Constitucional y nocivo para la neutralidad religiosa del Estado Dominicano que
sea el propio Tribunal Constitucional (TC), quien viole y desconozca los
derechos fundamentales consagrados en la propia Constitución de la República.
Finalmente manifestaron Riggio Pou y Bonilla que se
le solicitó al Presidente del TC, Milton L. Ray Guevara que reúna de urgencia
al Tribunal para tratar tan delicado asunto jurídico, ante la eminencia de la
celebración de la misa ya anunciada.
Se espera que el Tribunal Constitucional haga
una ninguna comunicación pública sobre los serios y ponderados
requerimientos que les han sido hechos por el Movimiento por un Estado Laico en
la República Dominicana, que integran Riggio Pou y Bonilla.
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