martes, 9 de octubre de 2012

Presidente puede ser destituido si no cumple 4% de Educación



Servio Tulio Castaños Guzmán revela Presidente puede ser destituido si no cumple 4% de Educación


FINJUS: Declaraciones Juradas de Bienes son una charlatanería

El doctor Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo de FINJUS, expresó que las declaraciones juradas de bienes son una charlatanería ya que si Usted viene declarando todos los años sus impuestos no tiene porque presentar declaración alguna, y esa es la primera gran mentira ya que si Usted no presenta su declaración fiscal no merece ocupar un puesto público pues no está cumpliendo la ley que usted jura respetar.

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia explicó el surgimiento en la República Dominicana del Poder Jurisdiccional que componen la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal Superior Electoral y el Tribunal Constitucional, destacando que cada uno de ellos representa un segmento de poder y el gran sacrificio que costó la implementación del tribunal constitucional como una instancia para desligar las contiendas políticas de las litis judiciales.


Omisión CD obliga a SCJ proponer al Senado Defensor del Pueblo

Ante una pregunta del periodista Rafael Franco en el programa Pantalla Abierta que se transmite por Bajo Techo Tv el doctor Castaños Guzmán se refirió a la falta de elección del Defensor del Pueblo como una omisión constitucional que en caso de mantenerse la inercia por parte de la Cámara de Diputados la Suprema Corte de Justicia está obligada a suplir la omisión y presentar al Senado las ternas para su designación.

A su vez indicó que una negativa del Senado a cumplir con la designación de este funcionario provocaría una acción por omisión ante el Tribunal Constitucional para que otorgue un plazo al Congreso

El vicepresidente ejecutivo de Finjus aclaró que el defensor del pueblo no ha sido bien asumido por la ciudadanía, definiéndolo como un mediador entre la sociedad y el poder público que contribuye a la solución de los conflictos que pueden generarse entre ambos sectores.


Congreso no cumple función de supervisión de las cuentas del estado

Sobre la corrupción administrativa Castaños Guzmán explicó que el control y supervisión del Estado recae sobre el Congreso quien recibe anualmente de la Cámara de Cuentas los informes como órgano rector de las finanzas del estado.

Se quejó de la inercia del congreso a ejercer su función de control y supervisión que le atribuye la constitución para la aprobación de los impuestos, los prestamos y hasta el presupuesto, siendo a este organismo que el Presidente está obligado a rendir cuentas anualmente.

El destacado jurista indicó que las atribuciones del Congreso como contralor de los actos del Poder Ejecutivo le permiten hasta destituir al Presidente a través del juicio político si se niega a cumplir con sus obligaciones, citando como una falta gravísima que podría llevar a juicio político al presidente Danilo Medina la falta de asignación en el presupuesto del 4% para el sector de la educación.

Señaló que la persecución de la corrupción es algo tan simple como investigar a quienes no pueden justificar su riqueza ya que en todo acto de corrupción hay un acto criminal, sin embargo es un tema delicado que debe ser analizado caso por caso ya que en el gobierno anterior había dos o tres traviesos pero también habían funcionarios ejemplares como Radhamés Jiménez y Cesar Pina Toribio.

Agregó que la gran falta de responsabilidad en la vigilancia de los funcionarios públicos está en la Cámara de Cuenta que no ha querido reconocer y mucho menos ejercer las atribuciones que le confiere la ley cuando se determine que un funcionario ha cometido algún acto viciado de emitir autos para embargar conservatoriamente y validarlo en un plazo abreviado.

Propuesta de titulación del gobierno es una locura

Cuestionado sobre la propuesta de titulación del presidente Danilo Medina el doctor Servio Tulio Castaños Guzmán declaró que ese tema no merecía de su atención ya que la propuesta implica reformar la ley 108-05 en sus aspectos de prescripción de la propiedad lo cual sería inconstitucional.

Catalogó este proyecto como una vía para recabar impuestos al tiempo que descartó la posibilidad de que el Poder Ejecutivo pueda tener una mejor administración del Registro de Títulos y Mensuras Catastrales por sobre la que ejerce el Poder Judicial.

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