Justicia y Transparencia (FJT) celebra
conversatorio sobre el Derecho a la Intimidad y el Uso Punible de los Celulares
entre Pareja
La Fundación Justicia
y Transparencia (FJT) y la Librería Jurídica Global celebraron un conversatorio
sobre El Derecho a la Intimidad y el Uso Punible de los
Celulares entre Pareja, a raíz del
revuelo social y jurídico causado, por las controversiales declaraciones de la
fiscal titular del Distrito Nacional, quien estableció a través de su cuenta de Twitter, que revisar el teléfono de la pareja
sin su consentimiento es un delito y se castiga con pena de tres meses a un año
de prisión y multa de uno a 200 salarios mínimos.
La fiscal avalo su afirmación en un
artículo de la ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología: qué
establece, Artículo 6.- Acceso Ilícito. El hecho de
acceder a un sistema electrónico, informático, telemático o de
telecomunicaciones, o a sus componentes, utilizando o no una identidad ajena, o
excediendo una autorización, se sancionará con las penas de tres meses a un año
de prisión y multa desde una vez a doscientas veces el salario mínimo.
La actividad estuvo coordinada y
dirigida por el presidente de Justicia y Transparencia Trajano Potentini,
desarrollándose con la participación de los juristas Cándido Simón Polanco,
Jhon Garrido, Blas Minaya Nolasco y Diego José García, quienes al referirse al
tema coincidieron de manera enfática y categórica, en que la revisión de los
celulares entre pareja no constituye delito alguno y que las afirmaciones de la
fiscal del distrito están descontextualizada.
Simón Polanco, refirió que el acceso
ilícito en el contexto de la ley 53-07, hace referencia a sistema informático, violado
normalmente por vía remota con la intención de sabotear, dañar y|o robar
informaciones, situación ajena a la relaciones entre pareja donde inclusive no
existe el robo de conformidad con los dictados del artículo 380 del código
penal.
Para Jhon Garrido, de ser ciertas las consideraciones
de la fiscal, entiende que colapsaría el sistema de justicia penal por la
cantidad de querellas que recibiría a diario; además concibe al matrimonio como
un contrato, con bienes comunes, donde la finalidad constitucional prevista en
el artículo 55, lo que procura es la protección de la familia como espacio
fundamental de la convivencia social en un clima de confianza e intimidad
recíproca.
Blas Minaya, calificó de absurdas y fomentadoras del
conflicto social entre parejas las aseveraciones de la fiscal, -asimismo
llamo la atención del ministerio público a los fines de que propicien un clima
de protección y armonía en el seno de la familia dominicana como núcleo y
espacio vital de la sociedad, considerando no la protección de la mujer, del
hombre o de los niños, sino la familia.
Diego José García, consideró como inviable y absurdas
las consideraciones de la fiscal, en el entendido de la imposibilidad de
entronizar el quimérico delito en el procedimiento penal, en relación con la
prueba y otros mecanismos atinentes al debido proceso de ley impracticables en
el supuesto de que la revisión del celular constituyera delito.
En el conversatorio también se dieron
cita diversas personalidades del ámbito jurídico y académico del país, entre
los que se destacan el diputado Orlando Espinosa, Elizabeth Mateo y Álvaro Camaño del movimiento cívico Toy Jarto, y Julio Cesar de la Rosa, entre otros.
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