Santo Domingo, R. D.- La Liga Municipal Dominicana (LMD) convocó a representantes y consultores jurídicos de las entidades asociativas municipalistas, a secretarios de asuntos municipales de los partidos mayoritarios y a expertos municipalistas para conocer y analizar conjuntamente el nuevo criterio emitido por el Tribunal Constitucional (TC) en la sentencia TC/1373/25 para fijar las atribuciones de las alcaldías y los concejos de regidores en materia de uso de suelo.
El presidente de la LMD, Víctor D´Aza,
motivó dicho encuentro por la relevancia de lo dispuesto por el TC para el
ejercicio de esta potestad municipal y la gobernabilidad en los territorios.
“Resulta fundamental que todos los actores vinculados a la municipalidad
promovamos una adecuada orientación a las autoridades municipales sobre el
contenido de esta sentencia, de modo tal que continuemos reforzando el buen
gobierno para la gestión territorial en cada ayuntamiento y junta de distrito
municipal del país”.
Entre los secretarios de asuntos
municipales de los partidos políticos participaron: Kelvin Cruz por el Partido
Revolucionario Moderno (PRM), Ignacio Ditrén por Fuerza del Pueblo (FP),
Francis Jorge por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y Víctor Feliz
por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD). Asimismo, estuvo presente el
presidente de la Asociación Dominicana de Regidores (Asodore), Elías Reynoso y
representantes de la Federación Dominicana de Municipios (Fedomu).
Dicha sentencia responde a una acción
directa de inconstitucionalidad interpuesta por diversas entidades
representativas del sector privado contra la resolución número 02-2021 sobre la
aprobación de autorización de uso de suelo para proyectos de alto impacto
urbano emitida por el concejo de regidores del ayuntamiento de Higüey el 18 de
febrero de 2021.
Ante ello, el TC determinó que la
resolución número 02-2021 contentiva del reglamento atacado, es
inconstitucional por el solo hecho de que adolece de vicios de forma; no
obstante, y dada la importancia del tema la alta corte decidió referirse a un
punto adicional planteado por los accionantes que es sobre la competencia de
los órganos dentro de los ayuntamientos para el otorgamiento de los permisos de
uso de suelo y de construcción e instalación de edificaciones.
Respecto a ello establece que, “la
competencia para el otorgamiento de los permisos de uso de suelo límites de su
altura control de la densidad ocupacional o número de habitaciones por metros
cuadrados y el control de Los Linderos con los colindantes y con las aceras y
vías públicas dentro del municipio es una atribución de carácter ejecutivo que
siempre ha pertenecido a las alcaldías y que se concreta a través de las
oficinas de planeamiento Urbano dependientes de ellas”.
En relación a ello, afirma que el concejo
de regidores “es quien establece todas las condiciones y requisitos necesarios
para el otorgamiento de esas licencias o permisos mientras que las alcaldías
ejecutan las normas y reglamentos cuando otorgan tales licencias o permisos a
través de las oficinas de planeamiento Urbano”.
De esta manera, el TC abandona el
precedente de sentencias anteriores: TC/0226/14, TC/0296/16 y TC/0406/19.
Por último, se destaca que en esta
sentencia, el TC establece las condiciones para que la Liga Municipal
Dominicana opere como oficina de planeamiento urbano de aquellos gobiernos
locales que no dispongan de la misma.
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