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jueves, 2 de diciembre de 2021

Dueños de farmacias advierten competencias desleales en mercado de medicinas


 

Denuncian alianza entre ARS y grandes cadenas de farmacias contra la pequeña y mediana empresa farmacéutica.

 

SANTO DOMINGO, R. D.- El presidente de la Asociación de Dueños de Farmacias, Tony Rodríguez, advirtió a las autoridades de la Seguridad Social, sobre el riesgo de desaparición que corren esos establecimientos por el contubernio entre las ARS y nuevos detallistas con aspiraciones monopólicas en el mercado detallista de los medicamentos.

 

Al ser entrevistado por la Licenciada Isabel Acevedo, en el programa Sociedad y Seguridad Social, Rodríguez dijo que esa relación ha creado una grave discriminación en la asignación de los códigos que autorizan a las farmacias despachar medicamentos, en violación a las leyes y reglamentos que rigen la materia.

 

Detalló que tal “acuerdo” es uno de los grandes problemas que presentan las farmacias en estos tiempos, para dar cumplimiento a los enunciados: universal, integral, unidad, accesibilidad y flexibilidad, que establecen que esta sea de la Ley 87-01, en sus artículos 04 y 120.

 

Estos enunciados están dedicados a velar porque los servicios de salud sean de fácil adquisición para los afiliados, sin discriminación y de accesibilidad sin dificultades.

 

Dijo que estos enunciados son violados, en el caso de las farmacias, con la creación de monopolios y privilegios por parte de las ARS, con los bloques monopólicos que se van creando, con su apoyo y contubernio que permiten monopolizar el acceso de los afiliados a adquirir sus medicamentos.

 

Con esta actitud, discriminan la accesibilidad de los necesitados de medicamentos.

Denunció que otro gran problema, es que, cada farmacia debe devolverle a las ARS el 10% de las ventas por recetas, por el hecho de canalizar los códigos, motivo por lo que estas prefieren asignar códigos a los grandes bloques o centro de distribución al público de los medicamentos, discriminando a las farmacias medianas y pequeñas.

 

Esto hace que la ARS termina siendo mayor beneficiaria que las farmacias, siendo facilitadora de esos códigos, y en casos, solo son las únicas gananciosas, en violación de las leyes. 

 

Detalla como competencia desleal y engaño, tanto a las pequeñas farmacias, como al consumidor, los llamados descuentos de 10 y 20 por ciento en los precios, que ofrecen esos grandes distribuidores, ya que reduce competitividad a las pequeñas y medianas farmacias.

 

Pidió la intervención urgente de los organismos rectores de la aplicación de la Ley de Seguridad Social, 87-01, ya que esta práctica dificulta la salud de los afiliados.

Esos descuentos no le convienen a nadie, ya que al final no son reales, debido a que los fabricantes tienden a aumentar el costo para poder aplicar esas rebajas a los distribuidores de medicamentos.

 

Detalló que la falsedad de esos descuentos se expresa en que las farmacias tienen tope porcentual de ganancias de 22.5%, de donde se extrae todos los gastos de personal, de operatividad y el 10% de las ARS, lo que impide que se obtengan beneficios con esos falsos descuentos.

 

Sobre la distancia entre farmacias.

 

Del proceso de habilitación de farmacias como prestadoras de servicios de la seguridad social, está encargado el ministerio de Salud Pública, como órgano rector de los establecimientos dedicados a los servicios de salud, regidos también por el reglamento 1138-03, sobre habilitación y creación de establecimientos.

 

En estos están incluidos las farmacias, laboratorios, centros clínicos, centros médicos privados, centro de atención primaria de salud, del primer, segundo, tercer nivel, etc., centro de imágenes, bancos de sangre; todos dedicados a darle atención, mediante la Ley de Seguridad Social.

 

En el caso de las farmacias se inicia con el distanciamiento de 500 metros mínimos, salvo cuando están en las plazas comerciales como tales, aprobados en los planos sometidos y aprobados al Ministerio de Obras Públicas, es decir, la ley 42-01, en su artículo 153, regula actualmente el distanciamiento entre farmacias.

 

La Ley 42-01 establece categóricamente que las farmacias en clínicas y centros médicos son ilegales, salvo las farmacias de Promese/cal, por el alto contenido social que estas llenan.

 

Las que están prohibidas son las boticas populares de propiedad privada porque estas no tienen el control de calidad que debe regir el negocio de farmacia.

 

Explicó que el medicamento a despachar a un paciente está regulado por la autorización que debe otorgar la ARS a la que pertenece el paciente, por lo que, las farmacias no tienen control del monto ni de los medicamentos que deben cubrirse a una receta requerida.

 

Un reglamento establece el catálogo de medicamentos que solo se pueden despachar ocho mil pesos al año. Cuando la receta supera esa cantidad, pues ya el seguro no le cubre. 

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