sábado, 8 de agosto de 2015

Sugiere frenar la abstención lectoral mediante el voto obligatorio

Por Víctor Gómez

NUEVA YORK.- El precandidato a diputado de ultramar  por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Víctor Abreu,  recordó que la Constitución de la República Dominicana considera el acto de una persona de expresar su apoyo o preferencia por cierta moción, propuesta, candidato o selección de candidato durante una votación de forma secreta o pública, como un derecho y un deber que al pasar del tiempo va perdiendo interés entre los ciudadanos en democracia.

Explicó que la pérdida gradual de motivación del electorado ha producido que en algunos países en diferentes continentes establezcan la obligatoriedad para relanzar la participación de los ciudadanos en la escogencia de los nominados a los diferentes cargos de acuerdo a su modo de gobierno por lo que continua su cruzada de influenciar para que el sufragio sea de manera obligatoria y que se aplique algún tipo de sanción benigna como forma de lograr que la ciudadanía  no evada su responsabilidad para con la nación. 

El aspirante a una diputación por el exterior señalo que en muchos países que se ha establecido el voto obligatorio forzado, no forzado, forzado solo para hombres, se establecen penalidades con multas o servicios comunitarios, tal es el caso de Australia, Belgica, Bolivia, Brasil, Costa Rica, Ecuador, Egipto, Grecia, Honduras, Libano, Luxemburgo, Nauru, Paraguay, Perú, República Democrática del Congo, República dominicana, Suiza, Singapur, Tailandia y Uruguay.

Abreu dijo ser partícipe de lo expresado por varios expertos que señalan que a la democracia dominicana le favorecería el cambio de sistema de votación de semi obligatorio sin penalización por un sistema compulsivo y forzado para evitar que las elecciones se traumatizadas por la compra de cedulas.

Dijo el político peledeista que de igual manera la Junta Central electoral debe establecer penalidades a quienes sin razones valederas incumplan con el deber fundamental de voto y que aunque la Ley electoral 275-97 presenta una serie de penalización pero no multa al ciudadano que se inclina por la abstención.

Citó los ejemplos de Argentina,  Brasil, Costa Rica y Ecuador que han hecho obligatorio la votación y las participaciones del electorado oscila en un  87.2, 86.4 y 80.5  por ciento, respectivamente y por el contrario en las elecciones nacionales más recientes la participación en las elecciones presidenciales del 2012 en Estados Unidos y República Dominicana,  aproximadamente fue de 53.6 de acuerdo con los datos recopilados por el Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral.
“La realidad del aumento de la abstención electoral en la República dominicana, nos lleva a realizar la propuesta de la obligatoriedad con sanciones si no existes causas atendibles que justifiquen la ausencia del votante, porque esa misma abstención va corroyendo el sistema democrático en que vivimos”, finalizó diciendo Abreu.


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Esperamos que su comentario contribuya al desarrollo de los gobiernos locales .