SANTO DOMINGO, R. D.- El presidente Danilo Medina sometió hoy al Congreso Nacional
el anteproyecto de ley para la transformación del Banco Nacional de Fomento de
la Vivienda y la Producción (BNV) en el Banco Dominicano de Desarrollo de las
Exportaciones (BANDEX).
El Jefe de Estado introdujo el anteproyecto a través del
Senado de la República.
En una carta dirigida al presidente de esa cámara
legislativa, Reinaldo Pared Pérez, Medina explica que mediante la pieza el
Banco Nacional de Fomento de la Vivienda y la Producción queda transformado en
el Banco de Desarrollo de las Exportaciones como institución de intermediación
financiera pública de fomento, de carácter accionario y capital mixto, con
personalidad jurídica y administración autónoma, que contará con las garantías
subsidiarias e ilimitadas del Estado.
“En este sentido, en el Proyecto de Ley se establece el
objetivo del Banco Dominicano de las Exportaciones (BANDEX), como una entidad
orientada a la promoción y el desarrollo del sector exportador, a través de la
canalización de recursos a los sectores productivos que sustenten las
exportaciones nacionales, operando como banca de primer y segundo piso”,
precisó.
A seguidas estableció que el BANDEX tendrá una duración
ilimitada con un capital social autorizado de diez mil millones de pesos.
Entre las disposiciones que plantea la nueva legislación se
destacan las relativas a operaciones y servicios, capital social, acciones y
accionistas, dirección y administración.
El Presidente de la República manifestó que este proyecto
derogará toda ley o disposición, de igual o menor rango, que le sea contraria,
y en particular deroga en todas y cada una de sus partes la Ley 6-04 que
convierte el Banco Nacional de la Vivienda en Banco Nacional de Fomento de la
Vivienda y la Producción.
El anteproyecto establece en su capítulo uno, al referirse a
las operaciones y servicios permitidos, recibir depósitos de ahorro y a plazo
en moneda nacional y extranjera; así como emitir títulos-valores de oferta
pública.
También, recibir préstamos de instituciones financieras
nacionales y extranjeras, públicas o privadas, bilaterales o multilaterales;
emitir letras, órdenes de pago, giro contra sus propias oficinas o
corresponsales y efectuar cobranzas, pagos y transferencias de fondos.
De igual forma, entre sus operaciones y servicios permitidos
están canalizar recursos financieros a los sectores productivos con vocación
exportable, en moneda nacional o extranjera, a través de entidades de
intermediación financiera elegibles o en forma directa, sobre la base de las
condiciones que sean determinadas por el Consejo de Administración del BANDEX,
en el marco de las políticas para el fomento a las exportaciones.
Asimismo, otorgar préstamos especializados o líneas de
crédito para la exportación que comprendan el financiamiento de pre-embarque o
de insumos importables para la elaboración de productos exportables, en sus
modalidades de préstamos para capital de trabajo.
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