lunes, 16 de diciembre de 2013

Aprueban presupuesto municipal de Los Alcarrizos

 



Aprueban presupuesto municipal de Los  Alcarrizos

Por  Rhadamés Castillo Mesa

LOS ALCARRIZOS, Prov. Santo Domingo, R. D.- Con el voto favorable de  13 regidores presentes en sesión regular, fue aprobado ayer el presupuesto municipal del Cabildo Los Alcarrizos, para el 2014, por un monto de RD$583,660,641.95  Conforme sus competencias y servicios municipales y destinando los fondos conforme dispone la ley 176-07 arts. 19, 20, 21. O sea de este monto el 25% se destina a gastos salariales, viáticos, viajes y seguridad social; el 31% para servicios, materiales y gastos administrativos; el 40% para inversiones, obras, proyectos, estudios, y presupuesto participativo. Por último el 4% destinado a género, salud y educación y para fondos concursables a Ongs.

Conforme la ley de presupuesto 423-06 art.50 y párrafo, los fondos que aprueba el gobierno para los ayuntamientos son transferencias y figuran como fondos de ley , representando en AMA un 69.44% y las recaudaciones  via arbitrios, impuestos, tasas  y donaciones o  ingresos propios y en este presupuesto representa un 29.56% (lo minimo es de 10%)

Conforme el art. 29 de la ley 423-06 los presupuestos deben consignar deudas arrastradas de años anteriores y deudas futuras proyectadas en obras e inversiones y prestamos. Este articulo junto al art. 323 De la ley 176-07 Formulación del Presupuesto Municipal  que agrega documentación como b) liquidación del presupuesto del ejercicio anterior (al 2012 se le anexan informes trimestrales del 2013) y avances de la del corriente, referidas al menos a seis meses del mismo.  Con 3 trimestres se formula el presupuesto y se proyecta lo que entrara a fin de año y el arrastre de obras que cruzan al 2014 y deudas no cubierrtas a diciembre, por lo que se consignan en el nuevo presupuesto.  Por esta razón no se puede hablar de déficits sino arrastre de deudas que tienen que ser cubiertas como devengado, conforme art.54 de la ley 423-06.  

El presupuesto contiene un financiamiento de 104 millones para ser tomados en préstamos y acuerdos de de coordinaciones con otros ministerios, y según sean obtenidos, el Concejo de Regidores autorizará cada caso según párrafo del art.29.
Este presupuesto es similar al de este año en ingresos de gobierno y mayor en ingresos propios y menos préstamos, ya que la asignación presupuestaria 2014 solo varió en un aumento general de 1000 millones repartidos sin aplicar la ley y cuya cantidad no se conoce aun y se estima en unos RD$13 millones adicionales que serán consignados en adendum en el 2014.

Conforme el  Artículo 54. Los organismos descentralizados quedan obligados a llevar los registros de ejecución presupuestaria en la forma y con la metodología que establezca la Dirección General de Contabilidad Gubernamental. Como mínimo deberán registrar:

a) En materia de ingresos y desembolsos de endeudamiento:
i) Las estimaciones de los ingresos y de los desembolsos por
endeudamiento;
ii) La liquidación o el momento en que se devenguen los ingresos, en los  casos en que corresponda;
iii) El momento de la recaudación efectiva;
b) En materia de gastos corrientes y de capital: 
i) La apropiación, que significa el límite máximo de gastos aprobados para
el ejercicio presupuestario; en la adquisición de bienes o en la contratación de obras y servicios, solicitado por autoridad competente que podrá generar un compromiso;
iv) El compromiso, que es la aprobación por autoridad competente de un acto administrativo, por el cual se formaliza una relación jurídica con terceros para la ejecución de obras, adquisición de bienes y servicios, contratación de personal o los actos mediante los cuales se otorgan transferencias y préstamos. En el caso de las obras a ejecutarse y bienes y servicios a recibirse durante varios ejercicios, el compromiso será registrado por la parte que se ejecutará o recibirá, respectivamente, durante cada ejercicio;  
v) El devengado, que  surge con la obligación de pago por la recepción de
conformidad de obras, bienes y servicios oportunamente contratados o, en los casos de gastos sin contraprestación, por haberse cumplido los requisitos administrativos dispuestos por el reglamento de la presente ley. Asimismo, se registrará como gasto devengado la recepción de conformidad de bienes, obras y servicios que se adquieren con financiamiento que supere el ejercicio en curso.
c) En materia de servicio de la deuda, que incluye intereses y amortizaciones.


Este Ayuntamiento reporta informes mensuales y trimestrales y esta al día en el cumplimiento de sus obligaciones, teniendo fiscalización interna y externa y transparencia en sus ejecutorias.

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