Por Luis Aníbal Medrano Silverio
En la República
Dominicana, las calles y las aceras del Gran Santo Domingo teóricamente son de
dominio público, lo que significa que pertenecen a todos los ciudadanos y lo
correcto sería que nadie pueda apropiarse de ellas de forma privada.
Se supone que su
gestión, mantenimiento y ordenamiento legal están bajo el control exclusivo del
Estado a través de dos niveles de autoridad: Las alcaldías (gobiernos locales)
o ayuntamientos de cada municipio son los propietarios administradores del espacio
público a nivel local y no pueden ser cedidos por transacciones fuera de los
libros cuyos recursos son recolectados por inspectores de espacios públicos o
un sargento de un destacamento cualquiera que se abroga la facultad de cobrar
“peaje” por el uso indebido de los espacios públicos.
Esta calamitosa y
perjudicial situación se da en todos los ayuntamientos del Gran Santo Domingo,
abarca al Ayuntamiento del Distrito Nacional (ADN) y a los municipios de la
provincia: Santo Domingo Este, Norte y Oeste, Los Alcarrizos, Boca Chica, Pedro
Brand y San Antonio de Guerra.
Estos deben
apegarse estrictamente a la base legal: La Ley No. 176-07 del Distrito Nacional
y los Municipios, que les otorga la competencia exclusiva para la construcción,
conservación y defensa de aceras, contenes y vías urbanas.
Del mismo modo,
deben actualizar con el control y sus direcciones de Planeamiento Urbano y
Defensa del Espacio Público y regular que ningún comercio, talleres de
mecánica, refrigeración, ebanistería, lavaderos improvisados de vehículos de
motor, freidurías y otros tantos negocios informales, así como conductores o
particulares, obstruyan el libre tránsito de vehículos y peatones.
Estas
municipalidades tienen la facultad de demoler construcciones ilegales,
desalojar las ocupaciones ilegales de calles y aceras, pero no lo hacen, y en
su defecto lo hacen con quien salió premiado en la lotería del picoteo, y es
bueno aprovechar que, a pesar de la ilegalidad de los desalojados, no se sabe
dónde va a parar lo incautado, desde una ponchera de fruta hasta
electrodomésticos y enseres del hogar. Vaya usted a saber…
La gran
problemática y la realidad actual es que, a pesar de que el marco legal de la
Ley No. 368-22 de Ordenamiento Territorial y normativas históricas como la Ley
No. 675 sobre Urbanización y Ornato prohíben su uso privado; el Gran Santo
Domingo sufre una ocupación irregular constante. Talleres y
"dealers": Negocios que extienden sus exhibiciones e inventarios de
vehículos sobre zonas peatonales. Parqueos ilegales: Vehículos estacionados
permanentemente tapando el paso peatonal. Comercio informal: Puestos de venta y
mercancías que obligan a los peatones a caminar por la calle.
Con todo este
rosario que hemos descrito en este espacio, es que, con gran pesar, congoja, un
poco de rabia y algunas manifestaciones más de impotencia, nos preguntamos: ¿De
quién son las calles y aceras de nuestro Gran Santo Domingo? El autor es
periodista, municipalista y político residente en Santo Domingo.







